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conducta que trascendió la función pública asignada y con una finalidad distinta a la<br />

prevista en la norma otorgante.<br />

Tenían el funcionario el conocimiento personal y político respecto de los límites que<br />

impone la constitución y la ley a las relaciones políticas entre el ejecutivo y el legislativo,<br />

así <strong>com</strong>o la prohibición expresa de intervención en actividades de tipo partidista, así que<br />

aunque la costumbre, sustentada en el lenguaje periodístico, admita que el partido de<br />

gobierno emplee sus prerrogativas para el ejercicio político de su colectividad, no por ello<br />

la práctica resulta ajustada a las normas éticas y de conducta de los servidores públicos.<br />

La denominada Ley de reelección, fue un claro objetivo político de tipo partidista por<br />

cuanto la democracia Colombiana se vio alterada por la decisión de modificar las reglas<br />

de participación política en la mitad del ejercicio de un periodo presidencial en claro<br />

beneficio del gobernante de turno.<br />

Se pretende marginar a ciertos empleados del Estado y de sus entidades<br />

descentralizadas que ejerzan jurisdicción, autoridad civil o política, cargos de dirección<br />

administrativa, o se desempeñen en los órganos judicial, electoral y de control, de toda<br />

actividad que pudiese incidir en el debate democrático que debe ser libre y ajeno de<br />

cualquier presión oficial. Por ello se ha dicho que “esta prohibición se interpreta <strong>com</strong>o<br />

instrumento para garantizar el equilibrio de las fuerzas que concurren a la contienda<br />

política y evitar que la burocracia estatal altere las condiciones de igualdad material que<br />

deben rodear todo debate electoral. La imparcialidad estatal constituye un dispositivo<br />

más, si no uno de los más importantes, para que la democracia se realice efectivamente” 8 .<br />

Página 159 de 182<br />

Fallo de Única instancia Exp. 001-105507-04<br />

ARGUMENTOS DE LOS SUJETOS PROCESALES<br />

Los argumentos de los sujetos procesales han sido expuestos a través de las versiones<br />

libres rendidas ante la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales y aunque han<br />

sido rebatidos a lo largo de esta providencia, se procede a valorar de manera individual<br />

frente a los cargos formulados:<br />

JORGE NOGUERA COTES, en su condición de Director del DAS.<br />

8 OSUNA PATIÑO, Néstor Iván. Concepto sobre la intervención en política por parte de los servidores<br />

públicos y uso indebido del empleo para fines políticos. Bogotá, Procuraduría General de la Nación, 1.998, p.<br />

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