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suscribir en señal de recibo, aportó los números de abonados celular 3007814327<br />
y 3102544625 y el abonado fijo 8031906. (fl. 279 C 6)<br />
Pese a lo anterior el mismo abogado suplente doctor OSWALDO MEDINA,<br />
manifiesta en escrito radicado el 11 de Juniojunio de 2008 que su representado<br />
no <strong>com</strong>parece a la diligencia de versión libre porque “…no se nos citocitó para<br />
que <strong>com</strong>pareciéramos…”, nuevamente…”. Nuevamente aporta el número de<br />
abonado celular 3007814327 y el abonado fijo 8031906 y fija <strong>com</strong>o fecha para la<br />
diligencia el 18 de Juniojunio de 2008. (fl. 579 C 7). Tal <strong>com</strong>o se observa existe un<br />
evidente interés en el apoderado suplente de distorsionar la realidad procesal y de<br />
manera descarada efectúa afirmaciones carentes de verdad.<br />
Como si lo anterior fuera poco, el mismo doctor OSWALDO MEDINA se hace<br />
presente en la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales el 3 de Juniojunio<br />
de 2008 para radicar el recibo de consignación para copias SIAF 130030 (fl. 596 C<br />
7), lo que indica que si fuera real su interés en el trámite procesal para relacionar<br />
las copias requeridas, <strong>com</strong>o mínimo debía consultar el expediente y aún en el<br />
evento de no haber recibido la citación, <strong>com</strong>o sisí lo hizo, habría tenido<br />
conocimiento de la diligencia programada.<br />
Debido al volumen de fotocopias solicitadas, la primera consignación efectuada<br />
por $200.000 el 3 de Juniojunio de 2008, no fue suficiente y el 16 de Juniojunio de<br />
2008 aporta consignación por valor de $100.000 recibiendo el mismo día 2514<br />
fotocopias.<br />
Con todo esto y pese a que fue la misma defensa la que definió la fecha de la<br />
versión libre para el 18 de Junio de 2008, sustentado en un argumento carente de<br />
veracidad tal <strong>com</strong>o se documentó, el 17 de Junio de 2008 presenta memorial<br />
indicando que la diligencia debe ser aplazada porque no alcanza a evaluar los<br />
4500 FOLIOS que conforman las copias entregadas el 16 de Junio, porque junio en<br />
tanto que tiene programadas dos (2) diligencias en la ciudad de Sincelejo para los<br />
días jueves y viernes (19 y 20 de Juniojunio de 2008) y solicita se reprograme la<br />
diligencia para el 25 de Juniojunio de 2008. (fl. 626 C 8)<br />
El 24 de Juniojunio de 2008 el doctor LUIS HERNANDO ANGARITA<br />
FIGUEREDO, presenta solicitud para ser escuchado en versión libre indicando<br />
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Fallo de Única instancia Exp. 001-105507-04