Mención Honorífica, <strong>Primer</strong> <strong>Concurso</strong> Nacional <strong>de</strong> Ensayo:“Retos y perspectivas para una nueva cultura contributiva en México”.Los Derechos Humanos <strong>de</strong>l contribuyenteen México. Hacia una nueva perspectivaI. IntroducciónGuillermo Torres DomínguezSumario. I. Introducción. II. Evolución <strong>de</strong> la concepción <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechoshumanos. III. Evolución <strong>de</strong> la concepción <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong> loscontribuyentes en México. IV. Reforma Constitucional <strong>de</strong> 2011 en materia <strong>de</strong><strong>de</strong>rechos humanos y su repercusión en el ámbito <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong>lcontribuyente. V. Conclusiones. VI. Fuentes <strong>de</strong> consulta.<strong>Primer</strong> <strong>Concurso</strong> Nacional <strong>de</strong> Ensayo: Retos y Perspectivas para una Nueva Cultura Contributiva66El <strong>de</strong>recho evoluciona. Como toda disciplina social, el <strong>de</strong>recho no es estático,sino que se transforma y enriquece a lo largo <strong>de</strong>l tiempo, conforme a loscambios y acontecimientos que experimenta la sociedad a la cual busca regir,adaptándose, interpretándose y reinterpretándose <strong>de</strong> la mano <strong>de</strong>l <strong>de</strong>venir socialy aspirando, ante todo, a procurar el bien común, la justicia y la seguridad <strong>de</strong> los<strong>de</strong>stinatarios <strong>de</strong> sus normas. En consecuencia, dicho dinamismo no es –o al menosno <strong>de</strong>biera ser caprichoso, sino que <strong>de</strong>be ten<strong>de</strong>r siempre a la mejora gradual yconstante sus normas, pudiendo calificarse ese dinamismo como progresivo,no regresivo; <strong>de</strong> ahí que se afirme que el <strong>de</strong>recho es una disciplina en constanteevolución.Como consecuencia <strong>de</strong> ese carácter dinámico, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho se ha forjado –conel transcurso <strong>de</strong>l tiempo- un conjunto <strong>de</strong> prerrogativas, liberta<strong>de</strong>s y garantías que,aun cuando tuvieron sus origen en acontecimientos y cambios internos, a la fechason reconocidos en prácticamente cualquier Estado <strong>de</strong> Derecho, con un carácteruniversal, permanente, imprescriptible e intransferible 1 ; se trata <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos yliberta<strong>de</strong>s que han permeado a todos los sistemas jurídicos y que incluso formanparte esencial <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho internacional. Nos referimos a los <strong>de</strong>rechos humanos 2 .En el presente ensayo se aborda el tema <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong>s<strong>de</strong> elpunto <strong>de</strong> vista específico <strong>de</strong> la condición <strong>de</strong> sus titulares: los contribuyentes; y1. QUINTANA ROLDÁN, Carlos y SABIDO PENICHE, Norma. Derechos Humanos. Ed. Porrúa, 3º edición, México, 2004, pág. 21.2. En efecto, el Estado <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho (rule of law para los sistemas jurídicos anglosajones), aun hoy conserva los rasgos <strong>de</strong>l pensamientoliberal –complementado con un Estado social <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho-, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los cuales <strong>de</strong>staca el establecimiento <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos y liberta<strong>de</strong>sfundamentales para los gobernados y la instrumentación <strong>de</strong> las garantías constitucionales correspondientes, así como todasaquellas medidas encaminadas a la limitación y «racionalización» <strong>de</strong>l po<strong>de</strong>r. Instituto <strong>de</strong> Investigaciones Jurídicas. DiccionarioJurídico Mexicano. Tomo IV. Universidad Nacional Autónoma <strong>de</strong> México. Ed. Porrúa, México, 1982. Pág. 111. Por otra parte, el <strong>de</strong>rechointernacional público preconiza, mediante una <strong>de</strong> sus fuentes –los convenios internacionales- en el reconocimiento, protección y<strong>de</strong>fensa <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos; así se señala que “paulatinamente hasta nuestros días, la protección internacional <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechoshumanos se institucionaliza a través <strong>de</strong> mecanismos o sistemas <strong>de</strong> protección establecidos por vía convencional, los cuales incluyenrecursos, procedimientos y órganos <strong>de</strong>stinados a controlar el cumplimiento <strong>de</strong> los compromisos contraídos por los Estados en esta materia”.Instituto <strong>de</strong> Investigaciones Jurídicas. Op. Cit. Tomo III. Pág. 224.
circunscritos a un ámbito espacial <strong>de</strong> aplicación: nuestro país. Aun cuando en uninicio pareciese fuera <strong>de</strong> lugar hablar <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong>l contribuyente –pues esos <strong>de</strong>rechos siempre se habían asociado con los <strong>de</strong> las víctimas <strong>de</strong>l <strong>de</strong>lito,a los <strong>de</strong> los <strong>de</strong>splazados y refugiados por las guerras, con los <strong>de</strong> los niños o los<strong>de</strong> las personas que viven en pobreza extrema-; sin embargo, hoy no se pue<strong>de</strong>válidamente sostener que los contribuyentes carecen <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos humanos. Si laanterior concepción se estimaba así, era porque en materia tributaria la violación<strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong> los contribuyentes parecía un término inentendible,en tanto la Suprema Corte sostuviese que la contribución que se combatía fueraproporcional y equitativa 3 .Sin embargo, actualmente en nuestro país se vive una verda<strong>de</strong>ra lucha por lograr elpleno reconocimiento <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong> los contribuyentes, no solo <strong>de</strong>s<strong>de</strong>el punto <strong>de</strong> vista académico, sino también en los tribunales, en la formulación <strong>de</strong> lasleyes, en la actividad <strong>de</strong> los colegios profesionales y en la actuación <strong>de</strong> organismosespecializados en protección <strong>de</strong> los contribuyentes, como la Procuraduría <strong>de</strong> laDefensa <strong>de</strong>l Contribuyente. En concreto, la <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong> las prerrogativas, liberta<strong>de</strong>sy segurida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> los pagadores <strong>de</strong> impuestos cobra especial relevancia <strong>de</strong>s<strong>de</strong>la entrada en vigor, en junio <strong>de</strong> 2011, <strong>de</strong> la reforma constitucional en materia <strong>de</strong><strong>de</strong>rechos humanos, hecho que marca un nuevo hito en materia <strong>de</strong> reconocimiento,vigencia y protección <strong>de</strong> los gobernados, fundados en su dignidad humana.Con base en ello, en este ensayo se busca analizar la evolución <strong>de</strong> la concepción <strong>de</strong>los <strong>de</strong>rechos humanos <strong>de</strong>l contribuyente, <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la etapa en la que se les negaba aéstos la posibilidad <strong>de</strong> lograr el efectivo respeto <strong>de</strong> sus <strong>de</strong>rechos –al consi<strong>de</strong>rarse quecarecían <strong>de</strong> ellos- hasta el reconocimiento <strong>de</strong> un mínimo vital al que se circunscribenlos principios <strong>de</strong> proporcionalidad y equidad tributaria –preconizando la existencia<strong>de</strong> una vida digna y autónoma <strong>de</strong> la persona-, para finalmente analizar el impactoque la reforma constitucional <strong>de</strong> 2011 tiene en materia tributaria. Previo a ello,se <strong>de</strong>sarrolla brevemente la evolución <strong>de</strong>l tratamiento <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanosen general, como el antece<strong>de</strong>nte que sustenta la formulación <strong>de</strong> las presentesprerrogativas y liberta<strong>de</strong>s <strong>de</strong> los causantes.Finalmente, se busca que el presente trabajo contribuya a abonar al <strong>de</strong>sarrollo<strong>de</strong> una nueva concepción <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos fundamentales <strong>de</strong> los contribuyentes,haciendo énfasis en su plena vigencia y reconocimiento en el or<strong>de</strong>namiento jurídicomexicano, y el camino aun por recorrer para conseguir su plena efectividad.II. Evolución <strong>de</strong> la concepción <strong>de</strong> los <strong>de</strong>rechos humanosEn términos generales, se pue<strong>de</strong>n <strong>de</strong>finir a los <strong>de</strong>rechos humanos como el “conjunto<strong>de</strong> faculta<strong>de</strong>s, prerrogativas, liberta<strong>de</strong>s y pretensiones <strong>de</strong> carácter civil, político,económico, social y cultural, incluidos los recursos y mecanismos <strong>de</strong> garantía <strong>de</strong> todasellas, que se reconocen al ser humano, consi<strong>de</strong>rado individual y colectivamente” 4 . IgnacioLos Derechos Humanos <strong>de</strong>l contrbuyente en México. Hacia una nueva perspectiva673. MARGAÍN MANAUTOU, Emilio. Los <strong>de</strong>rechos humanos y la imposición indirecta. En Boletín Jurídico. Año 35, número 415, octubre <strong>de</strong>2012. Despacho Emilio Margáin y Asociados, S.C. México, 2012. Pág. 2.4. Instituto <strong>de</strong> Investigaciones Jurídicas. Op. Cit. Tomo III. Pág. 223.
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