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Franklin D. Roosevelt y la problemática agraria - Universidad ...

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Panorámica de <strong>la</strong> prensa en <strong>la</strong> Segunda República<br />

sanciones: "podrán ser confinados o extrañados, por un período no superior al de vigencia de esta<br />

ley, o multados hasta <strong>la</strong> máxima cuantía de 10.000 pesetas, ocupándose o suspendiéndose, según<br />

los casos, los medios que hayan utilizado para su realización los autores materiales o los<br />

inductores...". Su aplicación queda encomendada al Ministro de Gobernación. 10 Como seña<strong>la</strong><br />

Pierre Albert, "<strong>la</strong> prensa se muestra hóstil y ante esta actitud, el gobierno se dota de normas que<br />

permiten contro<strong>la</strong>r los radicalismos". 11 Así, mediante <strong>la</strong> ley de Defensa de <strong>la</strong> República se puede<br />

proceder a <strong>la</strong> suspensión de publicaciones por parte del gobierno sin que medie actuación<br />

judicial.<br />

Esta ley de Defensa de <strong>la</strong> República es derogada y sustituida por <strong>la</strong> ley de Orden Público<br />

del 28 de julio de 1933, que a su vez remite a <strong>la</strong> ley de 1883. En su artículo quinto determina que<br />

"los hechos realizados por medio de <strong>la</strong> imprenta o de otro procedimiento mecánico de difusión<br />

del pensamiento se regirán por <strong>la</strong>s prescripciones de <strong>la</strong> ley de Policía de Imprenta, 12 salvo lo<br />

previsto en esta ley". 13 Ahora el gobierno puede suspender por decreto, total o parcialmente, de<br />

exigirlo así <strong>la</strong> seguridad del Estado, <strong>la</strong>s garantías constitucionales que recoge el artículo 34 de <strong>la</strong><br />

Constitución republicana de 1931 donde se establece que: "toda persona tiene derecho a emitir<br />

libremente sus ideas y opiniones, valiéndose de cualquier medio de difusión, sin sujetarse a<br />

previa censura. En ningún caso podrá recogerse <strong>la</strong> edición de libros y periódicos, sino en virtud<br />

del mandamiento del juez competente. No podrá decretarse <strong>la</strong> suspensión de ningún periódico<br />

sino por sentencia firme". 14<br />

Un paso legis<strong>la</strong>tivo que interesa destacar, sobre todo por <strong>la</strong> proyección que tiene<br />

posteriormente en nuestro país, son <strong>la</strong>s Bases para un Proyecto de Ley de Prensa presentadas en<br />

10 Ley de Defensa de <strong>la</strong> República. 21 octubre 1931. Gaceta de Madrid, J 22-10-1931, pp. 420-421.<br />

11 Pierre Albert, 1990, p. 212.<br />

12 La ley de Policía de Imprenta del 26 de julio de 1883, es conocida como "ley Gullón", que está en<br />

vigor prácticamente hasta 1938. El marco legal establecido por <strong>la</strong> Constitución de 1876 y <strong>la</strong> ley de Prensa<br />

de 1883 es esencialmente liberal, aunque sufre algunas restricciones durante sus años de vigencia,<br />

especialmente durante <strong>la</strong> dictadura de Primo de Rivera.<br />

13 Ley de Orden Público. Gaceta de Madrid, D 30-7-1933, pp. 702-711.<br />

14 Constitución de <strong>la</strong> Segunda República Españo<strong>la</strong>. 9 de diciembre 1931. En: José Luis Fernández-Rúa,<br />

1977, pp. 731.<br />

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