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CUARTA PARTE - Facultad de Ciencias Juridicas y Sociales

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a) Ser facultados, por medio <strong>de</strong>l ingeniero <strong>de</strong>l Protectorado, para la práctica <strong>de</strong> la<br />

división <strong>de</strong> las reservas. Adjudicar a cada comunero la parte que le corresponda,<br />

tomándose razón <strong>de</strong> estas divisiones en los títulos correspondientes, agregándoles<br />

actas complementarias y un plano explicativo.<br />

b) Inscribir los Títulos <strong>de</strong> Merced en el Conservador <strong>de</strong> Bienes Raíces <strong>de</strong>l <strong>de</strong>partamento<br />

en dón<strong>de</strong> estaban ubicados los terrenos a que se referían los títulos. Sucedía que, como<br />

esos terrenos no aparecían inscritos en el Conservador <strong>de</strong>l <strong>de</strong>partamento en don<strong>de</strong><br />

estaban situados, se presentaba cualquier persona vendiéndolos a otro particular,<br />

publicando los avisos legales. Una vez vencidos los treinta días <strong>de</strong> la publicación, el<br />

Conservador inscribía la venta, obteniendo el particular un título aparente que para<br />

anularlo, <strong>de</strong>bía iniciarse y tramitarse un juicio largo y engorroso, permaneciendo<br />

mientras tanto el particular, en posesión <strong>de</strong> los terrenos litigados.<br />

c) Imponer una pena a los notarios que otorgaran escrituras públicas sobre terrenos <strong>de</strong><br />

indígenas, contraviniendo a la prohibición que establecía el inciso 2° <strong>de</strong>l artículo 2°, <strong>de</strong> la<br />

ley <strong>de</strong> 11 <strong>de</strong> enero <strong>de</strong> 1893.<br />

d) Establecer que la imposibilidad <strong>de</strong> los indígenas <strong>de</strong> <strong>de</strong>sistir por sí mismos <strong>de</strong> las<br />

acciones judiciales entabladas por los Protectores, y su no obligación <strong>de</strong> pagar la<br />

contribución <strong>de</strong> haberes.<br />

8.4. Lista <strong>de</strong> reclamos audiencias publicas 138<br />

A continuación se presenta el listado <strong>de</strong> los mapuches que hicieron públicos sus<br />

reclamos frente a la Comisión Parlamentaria <strong>de</strong> Colonización, en las distintas audiencias<br />

públicas en que dicha Comisión se fue constituyendo en su recorrido por el sur <strong>de</strong>l país.<br />

a) Temuco, 15 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong> 1911<br />

El Informe <strong>de</strong> la Comisión Parlamentaria señala que “A las 2 p.m. se constituyó la<br />

Comisión en audiencia pública en la oficina <strong>de</strong> la Comisión Radicadora <strong>de</strong> Indígenas.<br />

Presidió el señor Gutiérrez don José Ramón, y asistieron los señores diputados<br />

Quezada don Armando, Rivera don Luis Alfredo y Torrealba don Zenón. Se presentaron<br />

a la comisión las siguientes solicitu<strong>de</strong>s <strong>de</strong> personas indígenas:<br />

138 Los listados que ha continuación se exponen, se encuentran en las pp. 422-513, <strong>de</strong>l citado informe.<br />

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