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Cuaderno de Estrategia nº 140 - IEEE

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La seguridad marítima en la marina civilBuque», el «Ship’s Security Officer» es el «Oficial <strong>de</strong> Protección <strong>de</strong>l Buque»,y el «Maritime Security Shipowner Officer» es el «Oficial <strong>de</strong>l la Compañíanaviera para la Protección Marítima», etc.LA SEGURIDAD MARÍTIMA (CIVIL) EN LA ESFERA NACIONALLa Constitución española atribuye al Estado (artículo 149.1.20) lascompetencias sobre «Marina Mercante y aban<strong>de</strong>ramiento <strong>de</strong> buques».Pues bien, la regulación <strong>de</strong> lo que jurídicamente se entien<strong>de</strong> por «MarinaMercante» y <strong>de</strong> lo que significa se ha efectuado mediante la «Ley 27/1992,<strong>de</strong> 24 <strong>de</strong> noviembre, <strong>de</strong> Puertos <strong>de</strong>l Estado y <strong>de</strong> la Marina Mercante»(LPEMM), cuyos artículos 6 y 74 <strong>de</strong>terminan la interpretación <strong>de</strong> lo que elcitado precepto constitucional se refiere como «Marina Mercante». Enefecto, dicha Ley dispone en su artículo 6 los conceptos que se integranen «Marina Mercante», unos relacionados con el transporte <strong>de</strong> mercancíasy el Derecho y otros con la seguridad <strong>de</strong>l buque y <strong>de</strong> las personas entodos sus aspectos. Respecto <strong>de</strong> éstos últimos, dispone:Artículo 6.- Marina Mercante.1. A los efectos <strong>de</strong> esta Ley se consi<strong>de</strong>ra Marina Mercante:... ...c) La seguridad <strong>de</strong> la navegación y <strong>de</strong> la vida humana en la mar.d) La seguridad marítima, incluyendo la habilitación para el servicio<strong>de</strong> practicaje y la <strong>de</strong>terminación <strong>de</strong> los servicios necesarios<strong>de</strong> remolque portuario, así como la disponibilidad <strong>de</strong> ambosen caso <strong>de</strong> emergencia.e) El salvamento marítimo.f) La prevención <strong>de</strong> la contaminación producida <strong>de</strong>s<strong>de</strong> buques,plataformas fijas y otras instalaciones que se encuentren enaguas situadas en zonas en las que España ejerce soberanía,<strong>de</strong>rechos soberanos o jurisdicción, y la protección <strong>de</strong>l medioambiente marino.g) La inspección técnica y operativa <strong>de</strong> buques, tripulaciones ymercancías.h) La or<strong>de</strong>nación <strong>de</strong>l tráfico y las comunicaciones marítimas.i) El control <strong>de</strong> la situación, aban<strong>de</strong>ramiento y registro <strong>de</strong> buquesciviles, así como su <strong>de</strong>spacho, sin perjuicio <strong>de</strong> las preceptivasautorizaciones previas que correspondan a otras Autorida<strong>de</strong>s.... ...— 28 —

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