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Libro Academia Nacional de Medicina CONSENSO 2010-1

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i<strong>de</strong>ntificación <strong>de</strong> los mismos en caso <strong>de</strong> una emergencia médica, pero sinpérdida <strong>de</strong> la condición <strong>de</strong> “ciego” <strong>de</strong>l resto <strong>de</strong> los sujetos.6.13.5 Toda modificación en los productos <strong>de</strong> investigación <strong>de</strong>berán ser comunicadosal investigador y a la autoridad sanitaria competente y/o regulatoria,si ésta lo dispone.6.14 Suministro y Manejo <strong>de</strong> Productos en Investigación6.14.1 El patrocinador es responsable <strong>de</strong> suministrar en forma gratuita a losinvestigadores/instituciones los productos en Investigación durante el <strong>de</strong>sarrollo<strong>de</strong>l estudio. Debe asimismo procurar su provisión a los sujetos, unavez finalizada su participación en el estudio, cuando la interrupción <strong>de</strong>l tratamientoponga en peligro su seguridad y/o sea indispensable la continuidad<strong>de</strong>l tratamiento.6.14.2 El patrocinador no <strong>de</strong>berá suministrar los productos en investigaciónal investigador/institución hasta que él obtenga toda la documentación requerida(por ejemplo, aprobación/opinión favorable <strong>de</strong>l CEI y la autoridadsanitaria competente y/o regulatoria, si ésta lo dispone).6.14.3 El patrocinador <strong>de</strong>berá asegurarse <strong>de</strong> que los procedimientos escritosincluyan instrucciones que el investigador/institución <strong>de</strong>be seguir para elmanejo y almacenamiento <strong>de</strong> los productos en investigación para el estudioy su documentación.6.14.4 Los procedimientos <strong>de</strong>ben señalar la recepción a<strong>de</strong>cuada y segura,el manejo, almacenamiento, entrega y recolección <strong>de</strong> los productos no utilizadosy así como la <strong>de</strong>volución <strong>de</strong> los mismos, a los patrocinadores y/o sudisposición alternativa y <strong>de</strong> acuerdo con los requerimientos que la autoridadsanitaria competente y/o regulatoria establezca.6.14.5 El patrocinador <strong>de</strong>berá:(a) Asegurar la entrega oportuna <strong>de</strong> los productos <strong>de</strong> investigación a losinvestigadores;(b) Mantener registros que documenten el envío, la recepción, disposición,<strong>de</strong>volución y <strong>de</strong>strucción <strong>de</strong> los productos <strong>de</strong> investigación;(c) Mantener un sistema para la recuperación <strong>de</strong> los productos <strong>de</strong> investigación(por ejemplo por <strong>de</strong>volución <strong>de</strong> producto <strong>de</strong>ficiente, reclamo <strong>de</strong>spués<strong>de</strong> terminar el estudio, reclamo por producto vencido o exce<strong>de</strong>nte) llevandoel correspondiente registro;(d) Mantener un sistema para la <strong>de</strong>strucción <strong>de</strong> los productos <strong>de</strong> investigaciónsin usar y <strong>de</strong> la documentación <strong>de</strong> esta disposición final cuidando lapreservación <strong>de</strong>l medio ambiente.6.14.6 El patrocinador <strong>de</strong>berá:(a) Tomar las medidas necesarias para asegurar que los productos o los insumos<strong>de</strong> la investigación se mantengan estables durante el período <strong>de</strong> uso;(b) Mantener cantida<strong>de</strong>s suficientes <strong>de</strong> los productos en investigación utilizadosen los estudios para reconfirmar las especificaciones, si esto fueranecesario y mantener registros <strong>de</strong> los análisis <strong>de</strong> la muestra <strong>de</strong> lotes y sus características.Hasta don<strong>de</strong> lo permita la estabilidad <strong>de</strong>l producto, se <strong>de</strong>beránmantener muestras, ya sea hasta que se complete el análisis <strong>de</strong> los datos <strong>de</strong>lestudio o <strong>de</strong> acuerdo al requerimiento <strong>de</strong> la autoridad sanitaria competentey/o regulatoria.(c) El patrocinador establecerá para cada estudio la modalidad <strong>de</strong> monitoreo<strong>de</strong> los productos o los insumos <strong>de</strong> la investigación que se requiera a los efectos<strong>de</strong> la observación <strong>de</strong>l protocolo.250

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