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M. - SHCP

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Aunado a lo anterior, cabe mencionar que: (i) la comisión que se establezca para la contratación del Agente Colocador Global<br />

incluiría el costo de los servicios prestados por las instituciones financieras que el mencionado agente requiera para la venta de<br />

las acciones; y (ii) dicho agente colocador obtendría directamente los servicios de esas instituciones financieras, y cubriría los<br />

costos correspondientes.<br />

Para que las Secretarías de Estado, organismos descentralizados, o los fideicomisos en los que el Gobierno Federal sea<br />

fideicomitente, realicen contrataciones de servicios, se deben ajustar a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos<br />

y Servicios del Sector Público (la "Ley de Adquisiciones"), según lo indica el artículo 1° de dicho ordenamiento.<br />

En el artículo 26 de la Ley de Adquisiciones se indica que las instancias mencionadas pueden contratar adquisiciones,<br />

arrendamientos y servicios medizinte los procedimientos de licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o<br />

adjudicación directa; de los artículos 27 y 40 se deriva que la licitación pública es la regla general para la contratación de<br />

servicios, y como excepciones a la regla general se señalan los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas y de<br />

adjudicación directa.<br />

Conforme a los artículos 22 fi"acción II, y 41 fracciones III y X de la Ley de Adquisiciones, para llevar a cabo los procedimientos<br />

de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa, es necesario que exista de por medio un dictamen del<br />

Comité de Adquisiciones de la dependencia o entidad y que se presente alguno de los siguientes casos:<br />

i. Que existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales importantes, debidamente justificadas.<br />

ii. Que se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones cuya difusión pudiera afectar el interés público<br />

o comprometer información de naturaleza confidencial para el Gobierno Federal.<br />

La contratación del Agente Colocador Global se realizaría a través del procedimiento de invitación a cuando menos tres<br />

personas, mencionado en los artículos 41 y 43 de la Ley de Adquisiciones, en virtud de lo siguiente:<br />

• La información relativa a los tiempos en los que el Gobierno Federal pretende realizar la venta de las acciones debe<br />

permanecer confidencial, ya que de publicarse dicha información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos<br />

podrían utilizar la información para adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno Federal para<br />

aprovechar la oportunidad de colocar las acciones de manera sorpresiva, lo cual resultaría en un menor precio de venta.

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