10.12.2012 Views

M. - SHCP

M. - SHCP

M. - SHCP

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

a) Tener experiencia en colocación de acciones en ofertas públicas de acciones<br />

industriales, comerciales o de servicios por un importe mínimo de 150 millones de pesos<br />

(en términos nominales) por oferta, en el mercado mexicano desde el 1° de enero de<br />

1997.<br />

b) Tener una operatividad de al menos 5% del mercado mexicano de renta variable<br />

(acciones), a través de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A. de C.V. (en adelante la<br />

"BMV"), en al menos dos de los últimos tres años concluidos (acciones se refiere a:<br />

acciones industriales, comerciales y de servicio; bancarias, casas de bolsa, seguros,<br />

fianzas y certificados de participación ordinarios sobre acciones).<br />

En cualquier momento el Accionista Vendedor podrá liberar al Coordinador Global de su<br />

obligación de llevar a cabo la Oferta Mexicana, para lo cual dicha liberación deberá ser<br />

notificada por escrito.<br />

Asimismo, el Coordinador Global, previa aprobación del Accionista Vendedor, contratará al<br />

menos dos (número que podrá modificar el Accionista Vendedor) instituciones financieras<br />

extranjeras que:<br />

1. Sean de reconocido prestigio internacional;<br />

2. Cuenten con amplia experiencia y capacidad de colocación y distribución de acciones a<br />

nivel internacional, preferentemente de instituciones del sector financiero, que en su<br />

caso requiera;<br />

Dichas instituciones financieras extranjeras actuarán como colíderes del Coordinador<br />

Global o con cualquier otro carácter respecto de la Oferta Internacional que convengan (en<br />

adelante los "Colíderes Internacionales"). Al Coordinador Global, los Colíderes<br />

Internacionales y a la Casa de Bolsa referidos conjuntamente, se les denominará en<br />

adelante los "Agentes Colocadores".<br />

Considerando las características de esta operación, los Colíderes Internacionales y la Casa<br />

de Bolsa deberán tener una participación activa en el mercadeo de las Acciones BBVA<br />

Bancomer, por lo que se deberán proponer elementos para que dichas instituciones tengan<br />

los incentivos para que éstas participen en la distribución en México y en el extranjero,<br />

según sea el caso. En particular, se deberá buscar que los Colíderes Internacionales y la<br />

Casa de Bolsa utilicen su red de ventas y sus áreas de análisis de manera complementaria<br />

a las del Coordinador Global, con el propósito de maximizar así el precio de venta y la<br />

calidad de la demanda.<br />

Debido a lo anterior, las Instituciones Participantes deberán presentar al Accionista<br />

Vendedor la propuesta de distribución de la Comisión a que se refiere el numeral 2 de este<br />

Contrato, entre los Colíderes Internacionales y la Casa de Bolsa.<br />

El Coordinador Global será, sin perjuicio de los derechos que se le otorgan por virtud del<br />

presente Contrato, el único responsable frente al Accionista Vendedor para llevar a cabo<br />

todos los trabajos tendientes a la realización de la Oferta Mexicana y la Oferta<br />

Internacional, así como para determinar, previa opinión razonable del Accionista Vendedor,<br />

el nivel de participación que tendrá cada uno de los Agentes Colocadores durante los<br />

trabajos relativos a la Oferta Mexicana y a la Oferta Internacional, lo cual quedará<br />

e^atelecidCLde manera definitiva en el contrato de colocación referido en el párrafo segundo<br />

i^jenuimeral 1.<br />

2-

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!