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M. - SHCP

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La información relativa a los tiempos en los que el Gobierno Federal pretende realizar la venta de las acciones debe permanecer<br />

confidencial, ya que de publicarse dicha información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos podrían utilizar la<br />

información para adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno Federal para aprovechar la oportunidad de<br />

colocar las acciones de manera sorpresiva, lo cual resultaría en un menor precio de venta.<br />

La estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación debe permanecer confidencial para evitar ataques especulativos<br />

a la acción, lo que resultaría en un menor precio de venta.<br />

Mediante una licitación pública, la difusión de información sobre la oferta pública podría generar expectativas de mercado que<br />

castigarían el precio de las acciones y/o, en su caso, impedirían que el proceso se lleve a cabo en los plazos esperados. La<br />

disminución en el valor de las acciones y el retraso en el proceso ocasionaría menores ingresos y generaría costos adicionales<br />

para el Gobierno Federal.<br />

2. Práctica de mercado.<br />

La práctica de mercado indica que un mismo despacho jurídico actúa como asesor tanto del emisor como del tenedor de las<br />

acciones en venta. De hecho, el abogado del emisor (BBVA Bancomer) es quien prepara la mayor parte de los documentos<br />

legales relacionados con la colocación, incluyendo el prospecto de la misma, en virtud de que casi toda la información contenida<br />

en dichos documentos se refiere al emisor, y tiene como fm describir al inversionista la situación de la institución cuyas acciones<br />

se enajenan (BBVA Bancomer).<br />

Adicionalmente, el emisor y el vendedor de las acciones comparten intereses similares con respecto al resultado de la operación:<br />

concretar en el menor tiempo posible una colocación de acciones exitosa, con la más amplia distribución y el mejor precio de<br />

venta. Ambos también comparten responsabilidades en cuanto a la información que proveen al despacho de abogados, las<br />

garantías que éste les ofrece y las limitaciones de los poderes otorgados al mencionado asesor jurídico, por lo que no existiría<br />

conflicto de interés al trabajar para el emisor y el vendedor.<br />

En virtud de que CGSH es el abogado de BBVA Bancomer, resulta indispensable su contratación ya que el abogado del<br />

vendedor de las acciones (Gobierno Federal) debe trabajar estrechamente con el emisor de las mismas (BBVA Bancomer) en la<br />

preparación de los documentos necesarios para realÍ2^ar la venta.*<br />

* CGSH ha participado en operaciones con el Gobierno de Portugal, así como con empresas brasileñas, estadounidenses y mexicanas, prestando sus<br />

servicios al mismo tiempo a emisores y vendedores de títulos. Fuente: CGSH (19 de junio de 2001).

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