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M. - SHCP

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i<br />

• I)<br />

G.H.1<br />

OFICIALÍA MAYOR ^^<br />

V^^S^^$ DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN,<br />

«V.l£fe-#- ORGANIZACIÓN Y PRESUPUESTO<br />

SECRETARIA<br />

DE<br />

HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />

ACT. ALONSO GARCÍA TAMÉS<br />

Director General de Crédito Público<br />

Presente<br />

346.- 435<br />

México, D.F., 27 de marzo de 2002<br />

Hago referencia al oficio No. 305.-042/2002 de fecha 7 de marzo del año en curso y<br />

recibido el mismo día en esta Dirección General, mediante el cual solicita suficiencia<br />

presupuestal para el año 2002 en la partida 3304 "Otras asesorías para la operación de<br />

programas por la cantidad de $20'000,000.00, y autorización que abarque el inicio de la<br />

contratación en el mes de marzo de 2002 y concluya en el momento en que se enajenen<br />

las acciones que podría ser posterior al término del año en curso, con el fin de realizar la<br />

contratación de un consultor y/o asesor jurídico (despacho de abogados) que asesore al<br />

Gobierno Federal en el proceso de enajenación de la posición accionaría del Gobierno<br />

Federal a través de la <strong>SHCP</strong> en el Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V., que<br />

se instrumentará a través de un agente colocador global.<br />

Sobre el particular, y en alcance al oficio No. 346.-383 de fecha 8 de marzo del presente,<br />

a través del cual se le comunicó la suficiencia presupuestal de 20.0 mdp, envío el oficio<br />

No. 311-A-837 de fecha 25 de marzo del año en curso y recibido el mismo día en esta<br />

( Dirección General, mediante el cual la Dirección General de Programación y Presupuesto<br />

dÉ de Servicios, emite la autorización bianual para la contratación de un consultor y/o asesor<br />

jurídico (despacho de abogados), bajo las siguientes consideraciones:<br />

o En caso de que la contratación exceda el ejercicio fiscal de 2002, la disponibilidad<br />

para el siguiente año quedará sujeta al monto que apruebe la H. Cámara de<br />

Diputados.<br />

o Será responsabilidad de esa Dirección General verificar que en la formalización de<br />

este compromiso no se establezca penalización para la Dependencia en caso de<br />

que ocurra una variación en las asignaciones presupuéstales, por la conformación<br />

y monto del presupuesto autorizado al Ramo 06.- Hacienda y Crédito Público el<br />

año de que se trate.

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