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vi"<br />

CR^ITO PUBLICO<br />

SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />

DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />

Oficio No. 305.- 041/2002<br />

Méxic£LXL£_Íjile_aMH=«©-^€-2002<br />

/r^í^^^Tyíl SECnETARIADEHAClEliDA<br />

I'' - .1- ^"^ » CFf 2;r0 PUBLICO<br />

•;:.'; l-i-jc SüüSÍCREIAfilAOE EGRESOS<br />

RECIBIDO<br />

C.P. Araceli Ritman Borrón<br />

Directora General de Program^ icten, MAR. 8 2002 .^<br />

Organización y Presupuesto<br />

Presente.<br />

OIRECCION GEMERAl DE PROGr_AMACiOM<br />

Cí<br />

^<br />

1 o<br />

CX3<br />

-D<br />

en •í -,i:^S<br />

Me refiero a la enajenación de (a posición accionaria deJ/'Gobierno Federal, a través<br />

de la Secretaría de Hacienda y''erédítff'FúBncólTa <strong>SHCP</strong>), en el Grupo Financiero<br />

BBVA Bancomer, S.A. de C.V., consistente en 949'838,031 (novecientos cuarenta y<br />

nueve millones ochocientos treinta y ocho mil treinta y un) acciones serie "O" del<br />

capital social de dicha institución, así como al oficio número 101-1338 de fecha 10 de<br />

agosto de 2001, mediante el cual el C. Secretario de Hacienda y Crédito Público<br />

instruyó a esta Dirección General a llevar a cabo la enajenación de la mencionada<br />

posición accionaria, para lo cual es necesario contratar a un Agente Colocador Grjgbal<br />

(se acompaña copia simple).<br />

Al respecto, le informo lo siguiente:<br />

ANTECEDENTES<br />

El esquema de la enajenación de la posición accionaria referido así'icomo lq$,<br />

procedimientos para las contrataciones mencionadas, están previstos en los<br />

acuerdos 01-XIX-4 y CID-01-XIII-2, adoptados por las Comisiones<br />

Intersecretariales de Gasto Financiamiento y de Desincorporación,<br />

respectivamente, en sesión conjunta celebrada el 8 de agosto de 2001.<br />

Mediante oficio No. 305.-189/2001, de fecha 13 de agosto del 2001, se solicitó a la<br />

Unidad Administrativa a su digno cargo, se tramitara ante la Subsecretaría de<br />

Egresos, conforme al segundo párrafo del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones,<br />

Arrendamientos y Servicios del Sector Público (la LAASSP), la autorización por<br />

excepción para realizar el proceso de contratación sin que se cuente con el<br />

documento de suficiencia presupuestad en virtud de que la contratación de los<br />

servicios referidos al no afectar el presupuesto, y ser cubiertos con el producto de<br />

la enajenación del paquete accionario, no requieren suficiencia presupuestaria.<br />

La Dirección Geraisfá)3íCPfc^ramaí;i4nj Organización y Presupuesto, mediante<br />

oficio No. 346-02797 de fechadle dé'^ágosto de 2001, envió a esta Direccróñ<br />

General, el oficio No. 311-A-5950 de la misma fecha emitidjXríJPtJa Direccic^<br />

General de ProgrSíia|ió(ij^ Pgesim^esja de Servicios, e<br />

llevar a cabo las convocatorias para"^las (Contrataciones, ^<br />

con la autorización presupuestaria global o específica/©,<br />

del oficio No. 349-A-269 emitido por la Unidad dey**<br />

Subsecretaría de \^\^^^W^-'-<br />

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