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i U<br />

Ai>lVDQS SUBSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO<br />

DIRECCIÓN GENERAL DE CRÉDITO PÚBLICO<br />

SECRETARIA<br />

DE<br />

HAQENDA Y CRÉDITO PUBLICO<br />

2. ALCANCES DE LOS SERVICIOS.<br />

Invitación No. I.T.P.I.- DGCP.- 01/2002<br />

La institución participante que resulte seleccionada en este proceso actuará como líder<br />

colocador global (el "Coordinador Global") y tendrá a su cargo las responsabilidades que se<br />

señalan en el contrato que se adjunta a las presentes Bases como anexo 6 (en lo sucesivo el<br />

"Contrato"), el cual forma parte integral de las mismas.<br />

Una vez formalizado el Contrato a que se refieren las presentes Bases, el Coordinador Global<br />

deberá celebrar con el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (el "IPAB"), en caso de<br />

que éste se lo solicite, un contrato de intermediación bursátil para la enajenación de la<br />

posición accionaria del IPAB en BBVA Bancomer, en las mismas condiciones pactadas entre<br />

el Coordinador Global y el Gobierno Federal, en el entendido de que: (i) la posición accionaria<br />

del IPAB en BBVA Bancomer podrá ser incluida en el o los respectivos prospectos de<br />

colocación y en Q\ roadshov\i de las Acciones BBVA Bancomer, así como ofertarse y ser<br />

enajenada paralelamente con la del Gobierno Federal; y (ii) la relación jurídica entre el IPAB y<br />

el Coordinador Global es ajena al ámbito y alcances de las presentes Bases y del Contrato,<br />

por lo que no forma parte de los servicios, gastos, costos, garantías, obligaciones, la<br />

"Comisión" (según se define en el Contrato) o cualquier otro concepto a que éstos se refieren,<br />

ni el Gobierno Federal asume responsabilidad u obligación alguna derivada de dicha relación<br />

jurídica.<br />

El Coordinador Global tendrá el carácter de líder colocador internacional y deberá realizar los<br />

trabajos y actos jurídicos necesarios para efectuar la enajenación de las Acciones BBVA<br />

Bancomer en los Estados Unidos y, en su caso, en otros países. Al efecto, deberá obtener los<br />

servicios de las instituciones financieras que actuarán como colíderes (los "Colíderes") para la<br />

Oferta de Acciones.<br />

Las instituciones financieras invitadas que presenten en tiempo y forma sus propuestas<br />

técnica y económica (la "Institución Participante" o las "Instituciones Participantes", según sean<br />

referidas de manera singular o plural) deberán estar en posibilidad por sí mismas, o a través<br />

de terceros, de efectuar la Oferta de Acciones en México, en los Estados Unidos, y en su<br />

caso, en otros países.<br />

Para el caso de la Oferta de Acciones en México, la Institución Participante a la que se<br />

adjudique el Contrato, es decir el Coordinador Global, deberá obtener los servicios de un<br />

intermediario colocador debidamente autorizado para actuar como intermediario colocador en<br />

México (la "Casa de Bolsa") en términos del Contrato.<br />

El Coordinador Global será responsable de coordinar a la Casa de Bolsa y a los Colíderes en<br />

los trabajoajBJativos a la Oferta de Acciones tanto en México como en el extranjero, así como<br />

de cgoric los costDscorrespondientes, en términos de lo señalado en el Contrato.

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