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M. - SHCP

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f<br />

JUSTIFICACIÓN PARA CONSIDERAR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS UN DESPACHO DE<br />

ABOGADOS, PARA LA ENAJENACIÓN DE LA POSICIÓN ACCIONARIA DEL GOBIERNO FEDERAL EN<br />

GRUPO FINANCIERO BBVA BANCOMER, S.A. DE C.V.<br />

Con el propósito de que la instrunnentación de la venta de las acciones propiedad del<br />

Gobierno Federal en Grupo Financiero BBVA Bancomer, S.A. de C.V. ("BBVA<br />

Bancomer") en los mercados de valores de Estados Unidos y de Europa, así como a<br />

través de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), se lleve a cabo conforme a la<br />

legislación aplicable en México y en los mercados internacionales, es necesario que el<br />

Gobierno Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, cuente con<br />

despachos de asesoría en derecho mexicano e internacional.<br />

En virtud de la coordinación que se requiere entre ambos asesores jurídicos y de<br />

éstos con el Gobierno Federal, se considera que se debe contratar, mediante el<br />

g| procedimiento de adjudicación directa, a un Despacho Jurídico Global de asesoría,<br />

con capacidad de obtener los servicios de despachos jurídicos en México y, en su<br />

caso, en los sitios donde se llevará a cabo la colocación de las acciones.<br />

Conforme a los artículos 22 fracción II, y 41 fracciones III y X de la Ley de<br />

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para llevar a cabo los<br />

procedimientos de adjudicación directa, es necesario que exista de por medio un<br />

dictamen del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la dependencia<br />

o entidad y que se presente alguno de los siguientes casos:<br />

i. Que existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales<br />

importantes, debidamente justificadas.<br />

ii. Que se trate de servicios de consultorías, asesorías, estudios e investigaciones<br />

cuya difusión pudiera afectar el interés público o comprometer información de<br />

naturaleza confidencial para el Gobierno Federal.<br />

La contratación del Despacho Jurídico Global se realizaría mediante el procedimiento<br />

de adjudicación directa al despacho Cleary, Gottiieb, Steen & Hamilton ("CGSH"),<br />

conforme a lo dispuesto en los artículos 40 y 41 de la LAASSP en virtud de los<br />

siguientes argumentos de confidencialidad, práctica de mercado, economía, eficacia y<br />

eficiencia:<br />

1. Confidencialidad.<br />

El despacho jurídico que asesore al Gobierno Federal tendrá que manejar información<br />

relativa a los tiempos en que se pretende realizar la venta de las acciones, así como a<br />

la estrategia de venta en cuanto a montos y forma de colocación.<br />

La información relativa a los tiempos en los que el Gobierno Federal pretende realizar<br />

la venta de las acciones debe permanecer confidencial, ya que de publicarse dicha<br />

información pondría sobre aviso a los inversionistas potenciales. Estos podrían utilizar<br />

la información para.adelantarse a la venta, disminuyendo la flexibilidad del Gobierno

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