the National Sea Grant Library - University of Rhode Island
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Capítulo 12<br />
Si el almacenamiento permanente en el lugar de procesamiento no es práctico (p.ej., el lugar de procesamiento<br />
es remoto o un barco pesquero), los registros pueden ser transferidos a otra instalación al final de la<br />
temporada. Los registros deben de estar disponibles para revisión <strong>of</strong>icial por la agencia reguladora dentro de<br />
un periodo de tiempo razonable.<br />
La FDA ha concluido que los registros y planes deben ser protegidos en la medida de lo posible, para<br />
promover la implementación de HACCP a través de la industria de mariscos y pescados. La norma establece<br />
en general que los planes y registros de HACCP que entran en posesión de la FDA, no estarán disponibles al<br />
público, a menos que hayan sido revelados anteriormente, estén relacionados a un producto abandonado, y<br />
que ya no representen un secreto comercial<br />
Capacitación 21 CFR 123.10<br />
La norma requiere que ciertas funciones sean realizadas por un individuo capacitado en los principios de<br />
HACCP, al aplicarse éstos en el procesamiento de pescados y productos de la pesca. Los procesadores<br />
pueden asignar a un empleado capacitado o a una persona externa capacitada para realizar estas funciones<br />
(Diapositiva 26). Las tareas pueden ser realizadas por una persona o por varias, siempre y cuando hayan sido<br />
capacitadas apropiadamente. La norma define a un "individuo capacitado en HACCP" como alguien que "ha<br />
completado satisfactoriamente la capacitación en la aplicación de los principios de HACCP para el<br />
procesamiento de pescados y productos de la pesca, que sea por lo menos equivalente al programa<br />
estandarizado reconocido como adecuado por la Administración de Alimentos y Medicamentos de los<br />
Estados Unidos o alguien que, por otro lado, está calificado a través de la experiencia laboral para realizar<br />
estas funciones. La experiencia laboral califica si ésta ha provisto conocimiento, por lo menos equivalente al<br />
que es provisto a través del currículo estandarizado." El material de este curso, desarrollado por la Alianza<br />
Nacional de HACCP de Mariscos y Pescados, es el programa estandarizado, que ha sido reconocido por la<br />
FDA.<br />
Diapositiva 26<br />
El individuo capacitado en HACCP debe:<br />
• Desarrollar el plan de HACCP.<br />
• Reevaluar y modificar el plan de HACCP y análisis de peligros.<br />
• Revisar los registros de HACCP.<br />
Procedimientos de Control de Saneamiento (SCPs) 21 CFR 123.11<br />
El saneamiento es un programa prerrequisito que es necesario para la implementación efectiva de HACCP. Al<br />
escribir la norma, la FDA concluyó que la norma de BPM (21 CFR 110) no era completamente efectiva para<br />
motivar a los procesadores a tomar la responsabilidad total de garantizar que el saneamiento en sus plantas de<br />
procesamiento, cumplía consistentemente con los estándares mínimos. Por estas razones, la norma requiere<br />
que los procesadores tomen acciones para controlar las condiciones y prácticas de saneamiento (Diapositiva<br />
27).<br />
Estas acciones deben de ser llevadas a cabo aún si el procesador determina que no hay necesidad de un plan<br />
de HACCP. Los requisitos de saneamiento de la norma pueden llegar a ser parte del plan de HACCP del<br />
procesador o pueden ser manejados por separado. Algunos procesadores deciden usar una combinación de<br />
estas opciones.<br />
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