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24. Esta realidad del uso excesivo de la prisión preventiva en las Américas hasido reconocida incluso en otras instancias de la propia Organización de EstadosAmericanos (OEA), como la Tercera Reunión de Autoridades Responsables de PolíticasPenitenciaria y Carcelarias, en la cual se hizo referencia al “amplio uso de la detenciónpreventiva”, llegándose a estimar que en la región, “más del 40% de la población carcelariase encuentra en detención preventiva” 4 .5. Todo ello a pesar de la existencia normas internacionales vinculantes,derivadas del derecho internacional de los tratados, que son muy claras en reconocer elderecho a la presunción de inocencia y la excepcionalidad de la detención preventiva; delamplio reconocimiento de estos derechos a nivel constitucional en la región 5 ; y delcompromiso político expresado al más alto nivel por los Estados desde hace veinte años enel marco, de las Cumbres de las Américas 6 , en el cual “los gobiernos se comprometieron aadoptar las medidas necesarias para remediar las condiciones infrahumanas en las cárcelesy reducir al mínimo el número de detenidos en espera de juicio” (Plan de Acción de Miami,1994).6. Frente a este panorama, la Comisión Interamericana considera, en primerlugar, que el uso excesivo de esta medida es contrario a la esencia misma del Estadodemocrático de derecho 7 , y que la instrumentalización en los hechos del uso de esta…continuaciónDomingo, República Dominicana, párrs. 9-14, disponible en: http://www.unodc.org/documents/justice-andprison-reform/Reports/Report_High_Level_EGM_Santo_Domingo_3-5_August_2011_Spanish.pdf4 OEA, Tercera Reunión de Autoridades Responsables de Políticas Penitenciarias en Carcelarias,Palabras de Apertura del Embajador Adam Blackwell, Secretario de Seguridad Multimodal, en nombre delSecretario General de la OEA, disponible en: http://www.oas.org/dsp/espanol/cpo_actividades_carceles.asp ; enun sentido similar, las Recomendaciones de la Segunda Reunión de Autoridades Responsables de las PolíticasPenitenciarias y Carcelarias de los Estados de la OEA (Valdivia, 2008), instaron a los Estados a la aplicación de laprisión preventiva de acuerdo con las normas del debido proceso y respetando los principios de excepcionalidad yproporcionalidad (B.ix). Y en la primera reunión de este tipo (Washington, 2003), las autoridades responsables depolíticas penitenciarias y carcelarias de los Estados de la OEA ya identificaban como otro de los grandes retos de laregión en este ámbito al “alto porcentaje de reclusos que está aún en espera de juicio” (Informe de la Reunión).Ambos documentos están disponibles en: http://www.oas.org/dsp/espanol/cpo_documentos_carceles.asp.5 A este respecto véase: Constitución de la Nación Argentina Art. 18; Constitución Política del EstadoPlurinacional de Bolivia Arts. 23 y 116; Constitución de la República Federativa de Brasil Art. 5; ConstituciónPolítica de la República de Chile Arts. 19.3 y 19.7; Constitución Política de Colombia Arts. 28 y 29; ConstituciónPolítica de Costa Rica Art. 37; Constitución de Dominica Art. 3.4; Constitución del Ecuador Arts. 76.2, 77.1, 77.9 y77.11; Constitución de la República de El Salvador Arts. 12 y 13; Constitución Política de la República deGuatemala Arts. 13 y 14; Constitución Política de la República de Honduras Arts. 69, 84, 89, 92 y 93; ConstituciónPolítica de los Estados Unidos Mexicanos Arts. 16, 18 y 19; Constitución Política de Nicaragua Arts. 33 y 34;Constitución Política de la República de Panamá Arts. 21 y 22; Constitución Nacional del Paraguay Arts. 12, 17 y19; Constitución Política del Perú Arts. 2.24.b, 2.24.e, 2.24.f y 139.10; Constitución de la República Oriental deUruguay Arts. 7, 15 y 16; y Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Arts. 44.1, 44.5 y 49.2.6 Véase a este respecto: (a) III Cumbre de las Américas 2001, Quebec, Canadá, Plan de Acción,disponible en: http://www.summit-americas.org/III%20Summit/Esp/III%20summit-esp.htm; (b) II Cumbre de lasAméricas 1998, Santiago, Chile, Documento sobre Derechos Humanos, disponible en: http://www.summitamericas.org/Human%20Rights/HUMAN-RIGHTS-SP.htm;y (c) I Cumbre de las Américas 1994, Miami, EEUU, Plande Acción, disponible en: http://www.summit-americas.org/Miami%20Summit/Human-Rights-sp.htm.7 CIDH. Comunicado de Prensa 23/13 – CIDH culmina 147º periodo ordinario de sesiones, anexo.

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