11Americana”) 28 , y todos los demás tratados que conforman el régimen jurídicointeramericano de protección de los derechos humanos. Además, se toman enconsideración otros tratados análogos adoptados en el contexto de la Organización deNaciones Unidas (en adelante también “el Sistema Universal”) de los que también sonparte en gran medida los Estados miembros de la OEA. Además, se han visto diversasfuentes del derecho interno de los Estados miembros de la OEA en la medida de lopertinente.32. De igual forma, se toman en cuenta otros instrumentos internacionalesrelevantes, como los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las PersonasPrivadas de Libertad en las Américas (en adelante “los Principios y Buenas Prácticas”) 29 ,adoptados por la Comisión Interamericana en marzo de 2008 en el marco de su 131ºperíodo ordinario de sesiones; las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos (enadelante “las Reglas Mínimas”) 30 ; los Principios Básicos para el Tratamiento de losReclusos 31 ; el Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas Sometidas aCualquier Forma de Detención o Prisión 32 ; y las Reglas Mínimas de las Naciones Unidassobre las Medidas no Privativas de la Libertad (Reglas de Tokio) 33 , entre otros. Los cualeshan sido utilizados consistentemente, tanto por la Comisión, como por la CorteInteramericana como pauta de interpretación del contenido y alcances de las disposicionesde la Convención Americana en casos de personas privadas de libertad.33. Como parte de la metodología específica de este informe la CIDH publicóun cuestionario que fue enviado a los Estados Miembros de la OEA y a otros actoresrelevantes vinculados al tema 34 . Dicho cuestionario fue contestado por un total de dieciséisEstados Miembros de la OEA 35 : Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El28 OEA, Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada en la NovenaConferencia Internacional Americana celebrada en Bogotá, Colombia, 1948.Américas.29 CIDH. Principios y buenas prácticas sobre la protección de las personas privadas de libertad en las30 ONU, Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, adoptadas en el Primer Congreso de lasNaciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955, yaprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663C (XXIV) de 31 de junio de 1957 y 2076 (LXII)de 13 de mayo de 1977.31 ONU, Principios Básicos para el Tratamiento de los Reclusos, adoptados y proclamados por laAsamblea General en su Resolución 45/111, de 14 de diciembre de 1990.32 ONU, Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas Sometidas a Cualquier Formade Detención o Prisión, adoptado por la Asamblea General de la ONU en su Resolución 43/173, del 9 de diciembrede 1988.33 ONU, Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre las Medidas no Privativas de la Libertad (Reglasde Tokio), Adoptadas por la Asamblea General en su Resolución 45/110, del 14 de diciembre de 1990.34 Este cuestionario fue enviado a los Estados miembros de la OEA entre el 24 y el 28 de agosto de2012, y reiterado entre el 12 y el 15 de octubre a aquellos Estados que en esa fecha aún no habían enviado susrespuestas. De igual forma, este cuestionario fue publicado en la página Web de la Comisión Interamericana enlos cuatro idiomas oficiales de la OEA. Esta información está disponible en:http://www.oas.org/es/cidh/ppl/informes/cuestionarios.asp35 Nota de la Misión Permanente de Bolivia ante la OEA, No. OEA-CIDH-190-12 del 6 de diciembre de2012, mediante la cual se remite comunicación de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio deContinúa…
12Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Suriname, Uruguay yVenezuela; y por un importante número de organizaciones de la sociedad civil, expertos yentidades académicas.34. Se realizó una Reunión Regional de Expertos en Materia de PrisiónPreventiva, la cual tuvo una duración de un día y medio, y contó con la participación decatorce especialistas representativos de las principales zonas geográficas de la región 36 . Elobjetivo principal de esta actividad fue recibir retroalimentación específica acerca delcapítulo de Recomendaciones, además los materiales de las presentaciones de los expertostambién fueron utilizados como insumos para este informe.…continuaciónRelaciones Exteriores GM-DGAJ-UAJI-3052/12 del 27 de noviembre de 2012. Nota de la Misión Permanente deBrasil ante la OEA, No. 15 del 31 de enero de 2013. Nota de la Misión Permanente de Chile ante la OEA, No. 273del 14 de noviembre de 2012, mediante la cual se remite comunicación de la Dirección de Derechos Humanos delMinisterio de Relaciones Exteriores del 12 de noviembre de 2012. Nota de la Misión Permanente de Colombiaante la OEA, MPC/OEA No. 1525/2012 del 2 de octubre de 2012, por medio de la cual se remite comunicación dela Cancillería No. DIDHD/GAPDH No. 1304/633/2012 del 1 de octubre de 2012. Además, información oficialrecibida en el curso de la visita in loco de la Comisión Interamericana del 3 al 7 de diciembre de 2012. Nota de laMisión Permanente de Costa Rica ante la OEA, CROEA No. 12-176 del 2 de noviembre de 2012. Nota de la MisiónPermanente de Ecuador ante la OEA, No. 4-2-385/2012 del 28 de septiembre de 2012, por medio de la cual seremite el “Informe sobre el Estado de la Prisión Preventiva en el Ecuador”, elaborado por el Ministerio de JusticiaDerechos Humanos y Culto. Nota de la Misión Permanente de El Salvador ante la OEA, No. 250/2012 del 21 denoviembre de 2012; e información enviada vía correo electrónico a la Relatoría el 10 de octubre de 2013.Memorando del Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala No. 350-000709-12, clasificación DDHH/Sub-CCPP del 8 de noviembre de 2012, por medio del cual se remite nota de la Comisión Presidencial de DerechosHumanos (COPREDEH), No. DE-999-2012/COMC/MR/hc del 5 de noviembre de 2012. Oficio de la DirecciónGeneral de Asuntos Especiales de la Secretaría de Relaciones Exteriores No. 1219-DGAE-12 del 6 de noviembre de2012, mediante el cual se remite oficio de la Procuraduría General de al República No. SPA-A-161-2012 del 6 denoviembre de 2012. Además, información oficial recibida por la Relatoría de Personas Privadas de Libertad en suvisita a Honduras del 1 y 2 de agosto de 2013. Nota de la Misión Permanente de Nicaragua ante la OEA, del 12 defebrero de 2013, por medio de la cual se remite informe titulado “Situación de Información con Respecto a laAplicación de la Prisión Preventiva” elaborado por la Procuraduría General de la República. Nota de la MisiónPermanente de Panamá ante la OEA, PANA-OEA-9-842 del 15 de noviembre de 2012, mediante la cual se remitenota del Ministerio de Relaciones Exteriores A.J.D.H. No. 363 de 15 de noviembre de 2012. Nota de la MisiónPermanente de Paraguay ante la OEA, No. 583-12/MPP/OEA. Nota de la Representación Permanente de Perú antela OEA No. 7-5-M/451 del 28 de septiembre de 2012, mediante la cual se remite oficio de la Procuraduría PúblicaEspecializada Supranacional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos No. 213-2012-JUS/PPES del 28 deseptiembre de 2012; e información complementaria presentada mediante nota de la Representación Permanentede Perú ante la OEA No. 7-5-M/462 del 10 de octubre de 2012, mediante la cual se presenta informe de laSecretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos No. 2012-JUS-DGDH-DVC. Nota de la MisiónPermanente de Suriname ante la OEA, No. PVOAS/942/12/NB/CE de 28 de noviembre de 2012. Nota de la MisiónPermanente de Suriname ante la OEA, No. PVOAS/942/12/NB/CE de 28 de noviembre de 2012. Nota de la MisiónPermanente de la República Oriental de Uruguay ante la OEA No. 119/2012 del 23 de octubre de 2012, mediantela cual se remite informe de la Dirección de Derechos Humanos y Derechos Humanitario del Ministerio deRelaciones Exteriores, elaborado en base a insumos de la Asesoría Penitenciaria del Ministerio del Interior y de laProsecretaría Letrada de la Suprema Corte de Justicia. Nota del Agente del Estado para los Derechos Humanosante el sistema Interamericano e Internacional del 2 de octubre de 2012.36 La reseña de la reunión, el audio de los paneles de discusión, las presentación escritas de losexpertos invitados y demás materiales están disponibles en:http://www.oas.org/es/cidh/ppl/actividades/prisionpreventiva.asp.
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