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50medidas cautelares tomadas por jueces de garantía en el contexto deaudiencias tras manifestaciones estudiantiles) y que el ejecutivo tenía elpoder de considerar, a la hora de decidir los ascensos de los jueces, losfallos emitidos por estos respecto de este asunto. Posteriormente, elPoder Judicial difundió información estadística en orden de refutar losdichos del Ministerio, la cual indicaba que el 89% de las solicitudes deprisión preventiva del Ministerio Público eran acogidas por los jueces degarantía 164 .113. En cuanto a las presiones que se ejercen desde la propia jerarquía de lospoderes judiciales, se ha observado que en ocasiones se utilizan los propios órganos decontrol disciplinario para sancionar a aquellos jueces que se considera no han sido losuficientemente estrictos en sus decisiones respecto de la libertad de personas procesadaspenalmente. En este sentido, aunque numéricamente sean pocos los jueces sancionados –por procesos disciplinarios, penales o juicios políticos– la existencia de procesos abiertos ajueces o fiscales por no haber aplicado la prisión preventiva produce un efecto“aleccionador” de amenaza general entre los operadores de justicia. Para quien lo sufredirectamente ello implica un desgaste mayor, pues debe encarar la tarea de su propiadefensa, por lo general en una condición de soledad y aislamiento dentro de la institución.Esto tiene su contraparte en el hecho de que es insólito que a algún juez se le sancione porhaber dictado un auto de detención preventiva cuya procedencia legal o necesidad seancuestionables. Aunado a lo anterior, se observa que en ocasiones los altos funcionarios delos órganos judiciales, fuera de sus funciones, se dedican sistemáticamente a emitiropiniones y criterios en los medios de comunicación relativas a asuntos específicos de laadministración de justicia. Lo que marca una pauta o línea de criterio muy clara para losjueces de rango inferior. Estos elementos contribuyen a crear un contexto en el quefiscales y jueces pueden encontrar que lo más aconsejable, para sus propios intereses eshacer lo que se espera de ellos, aunque nadie se los haya pedido directa oexpresamente 165 .114. A este respecto, se ha documentado, por ejemplo, que en Perú la Oficinade Control Interno de la Magistratura (OCMA), encabezada por un miembro de la CorteSuprema, se habría dedicado a emitir anuncios públicos de apertura de procesosdisciplinarios, en contra de jueces que no han impuesto la prisión preventiva o que han164 Universidad Diego Portales, Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho, Informe Anualsobre Derechos Humanos en Chile 2012, pág. 212. Este tipo de discursos, propios de la tendencia denominada“populismo penal”, responden directamente a las pulsiones autoritarias de las sociedades a las que van dirigidos.En Chile, según la Primera Encuesta Nacional de Derechos Humanos realizada por el INDH en 2001, “el 58.6% delas personas dice estar completamente de acuerdo con que todo delincuente vaya preso, independientemente deldelito que haya cometido”, y “un 47% de la población opinó estar completamente en desacuerdo con que solo losdelitos más graves sean castigados con pena de cárcel”. Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH),Situación de los Derechos Humanos en Chile – Informe anual 2011, pág. 21.165 De acuerdo con información recibida por la CIDH en el marco de la Audiencia Temática:Independencia judicial y prisión preventiva en las Américas, 147º período ordinario de sesiones, organizada por laFundación para el Debido Proceso (DPLF), el Instituto de Derecho y Sociedad (CIDES), el Instituto de Defensa Legal(IDL) y De Justicia, 16 de marzo de 2013; véase también, Reunión Regional de Expertos de la CIDH sobre PrisiónPreventiva, 9 y 10 de mayo de 2013, presentación de Luis Pásara, disponible en:http://www.oas.org/es/cidh/ppl/actividades/prisionpreventiva.asp.

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