21.09.2017 Views

Osinergmin-Industria-Mineria-Peru-20anios

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

mediana minería que iniciarían operaciones.<br />

Entre otras disposiciones se encuentran la<br />

simplificación del proceso administrativo para<br />

obtener la titularidad minera y la eliminación<br />

de la caducidad de los derechos mineros por<br />

falta de pago del canon, la clasificación de<br />

las concesiones mineras como metálicas,<br />

carboníferas, no metálicas y geotérmicas 14 ,<br />

entre otras (Dammert y Molinelli, 2007).<br />

El Decreto Legislativo N o 109 estaba diseñado<br />

con un esquema de varios tipos y clases de<br />

concesiones (por ejemplo, se distinguía entre<br />

concesiones de exploración, explotación<br />

y refinación, junto con las concesiones de<br />

beneficio, labor general y transporte minero),<br />

y que inclusive diferenciaba a las concesiones<br />

por las clases de minerales extraídos, a efectos<br />

de aplicarles regímenes diferenciales (como<br />

el de la Ley de Promoción Aurífera, Decreto<br />

Ley N o 22178). Este régimen establecía<br />

varios tipos de concesiones y era bastante<br />

complejo. Estaba pensado para una economía<br />

en la cual el Estado tenía una participación<br />

preponderante a nivel empresarial en la<br />

actividad minera (básicamente mediante<br />

sus empresas sectoriales como Centromín<br />

Perú, que ejercía actividad minera extractiva<br />

y de exploración; Minero Perú, que ejercía<br />

la actividad de comercialización de los<br />

minerales, y el Banco Minero).<br />

Desde los inicios de la década<br />

de los noventa se realizaron una<br />

serie de reformas estructurales<br />

orientadas hacia un rol menos<br />

preponderante de la actividad<br />

empresarial del Estado y al<br />

fomento de la inversión privada.<br />

A pesar del cambio de legislación, este<br />

no prosperó debido a una situación<br />

desfavorable de la minería en gran parte<br />

de la década de 1980 15 . Por ejemplo, a<br />

mediados de los años ochenta, el precio<br />

del cobre registró una caída a cerca de 60<br />

centavos de dólar por libra, lo cual conllevó<br />

al cierre de varias minas. Asimismo, el<br />

precio del oro, la plata y el plomo también<br />

mostraron esta tendencia afectando a<br />

las empresas que estaban fuertemente<br />

endeudadas por las inversiones en años<br />

pasados (Grade, 2007). En consecuencia,<br />

se creó el Fondo de Consolidación Minera<br />

(Focomi), que dispuso de US$ 120 millones<br />

y se habilitó una línea de crédito por US$ 40<br />

millones mediante el Banco Minero. El<br />

objetivo era ofrecer condiciones favorables<br />

para las empresas (Grade, 2007).<br />

Las empresas mineras nacionalizadas<br />

seguían operando incluso a pérdida,<br />

debido a que el gobierno debía asegurar<br />

el ingreso de divisas necesarias para cubrir<br />

el presupuesto nacional. La mayoría de<br />

las empresas se descapitalizaron en este<br />

periodo, incluso aquellas cuyas operaciones<br />

resultaban rentables, ya que no poseían<br />

independencia financiera y sus ingresos<br />

eran dispuestos directamente por el<br />

gobierno central (Becker, 1983).<br />

Para finales de esta década, el alicaído<br />

desempeño de la economía peruana<br />

afectó al sector minero. La hiperinflación<br />

y el control cambiario influenciaron en el<br />

deterioro de la rentabilidad de la minería.<br />

En este periodo, las inversiones mineras se<br />

redujeron al mínimo, causando el desgaste<br />

y obsolescencia de las instalaciones. Las<br />

cifras de los activos fijos de las empresas de<br />

mediana minería pasaron de US$ 139 millones<br />

en el periodo 1975-1979 a US$ 203 millones<br />

para el periodo 1980-1984, registrando un<br />

incremento de 46%. Sin embargo, para el<br />

periodo 1985-1989 los activos cayeron a US$ 177<br />

millones de 1995 (Campodónico, 1999).<br />

A principios de 1990, el Perú se encontraba<br />

en la peor crisis económica de su historia<br />

republicana debido a que sufrió el periodo<br />

más largo de inflación y recesión. La causa<br />

fue la aplicación de un “modelo económico,<br />

en el cual se asignaba al Estado un papel<br />

central en las decisiones sobre política<br />

económica” (Grade, 2007, p. 352) y, como<br />

consecuencia, al empleo de una serie de<br />

políticas económicas que distorsionaban<br />

la asignación eficiente de los recursos y<br />

creaban un clima de expectativas negativas.<br />

Reformas estructurales<br />

en la década de 1990: el<br />

Texto Único Ordenado<br />

de la Ley General de<br />

Minería y el Decreto<br />

Legislativo N o 708<br />

Desde inicios de la década de 1990, con el<br />

nuevo gobierno, se tomaron una serie de<br />

medidas destinadas a incentivar la inversión<br />

en el sector minero (Galarza, 2004). Así,<br />

se implementó un agresivo proceso de<br />

reformas estructurales orientadas a reducir<br />

la intervención del Estado y a eliminar las<br />

distorsiones en la economía heredada del<br />

anterior gobierno. Este conjunto de cambios<br />

incluyó una liberalización del comercio<br />

exterior y una reforma tributaria (Pascó-<br />

Font y Saavedra, 2001). En 1990, el Estado<br />

había asumido la deuda y la cartera pesada<br />

del Banco Minero (Grade, 2007).<br />

De este modo, se promulgó una serie de<br />

disposiciones legales para favorecer la<br />

inversión privada, por ejemplo, el Decreto<br />

Legislativo N° 662, Ley de Promoción de las<br />

Inversiones Extranjeras, y el Decreto Legislativo<br />

N° 674, Ley de Promoción de la Inversión<br />

Privada de las Empresas del Estado. Esta<br />

última declaró de interés nacional la inversión<br />

privada en el ámbito de las instituciones que<br />

conformaban la actividad empresarial del Estado,<br />

para lo cual se crearon los órganos a cargo de la<br />

inversión privada. Así, en la década de 1990, el<br />

sector minero sería testigo de grandes cambios<br />

en la normativa minera peruana.<br />

Se inició también un proceso de privatización<br />

de los activos estatales y se pusieron en venta<br />

las empresas Centromín Perú, Hierro Perú,<br />

Tintaya y las refinerías de Ilo y Cajamarquilla<br />

(ver recuadro 3-4). El gráfico 3-6 muestra una<br />

recuperación en el Producto Bruto Interno<br />

(PBI) minero durante los años noventa, cuando<br />

se ejecutaron las reformas estructurales.<br />

En 1991, mediante el Decreto Legislativo<br />

N o 708, se aprobó la Ley de Promoción<br />

de Inversiones en el sector minero, que<br />

“reguló aspectos relacionados al ambiente,<br />

introduciendo tres instrumentos para limitar<br />

la contaminación ambiental: los Estudios<br />

de Impacto Ambiental (EIA) para las nuevas<br />

operaciones, los programas de adecuación y<br />

manejo ambiental (PAMA) para las operaciones<br />

en funcionamiento y las auditorías internas”<br />

(Proyecto MMDS, 2002, p. 546). Asimismo,<br />

se dispuso que la concesión minera se diera<br />

en las actividades de exploración, beneficio,<br />

labor general y transporte minero. El cateo,<br />

la prospección y la comercialización fueron<br />

considerados como actividades libres sin la<br />

necesidad de un acto administrativo previo.<br />

Con esta disposición, la ley se adecua a un<br />

modelo de economía liberal por la existencia<br />

de la libre comercialización y contratación.<br />

Como consecuencia del cambio que generó<br />

este decreto legislativo en la Ley de Minería<br />

de 1981, en 1992 se promulgó el Texto Único<br />

Ordenado de la Ley General de Minería 16<br />

(TUO), aprobado por D.S. N o 014-92 EM. Estos<br />

cambios en la legislación minera se realizaron<br />

con la finalidad de modernizar la estructura<br />

de producción, así como facilitar y atraer la<br />

inversión privada dentro del país.<br />

Las medidas implicaron lo siguiente: i) estabilidad<br />

tributaria, cambiaria y administrativa no menor<br />

a 10 años; ii) libertad de remisión de utilidades<br />

y libre comercialización; iii) depreciación<br />

acelerada hasta en cinco años; iv) disminución<br />

de las tarifas arancelarias y reformas de aduanas<br />

y puertos; y v) deducción de las inversiones en<br />

infraestructura de servicios públicos para el<br />

cálculo de la base imponible para el impuesto a<br />

la renta (IR), así como la deducción de los tributos<br />

Proceso de fundición. Fuente: MEM.<br />

relacionados con el proceso de producción. A<br />

estas medidas del marco regulatorio se suma<br />

el proceso de privatización de las operaciones<br />

mineras estatales iniciado en los primeros años<br />

de la década de 1990, el cual se analizará más<br />

adelante (Galarza, 2004, p. 277). La ilustración<br />

3-7 muestra la recopilación normativa<br />

republicana desde 1821 hasta 1992.<br />

La reforma del Decreto Legislativo N o<br />

708 preservó la estructura que el TUO<br />

denominaba jurisdicción administrativa<br />

minera (y que incluye a la Dirección<br />

General de Minería y al Consejo de<br />

Minería como autoridades administrativas<br />

134<br />

135

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!