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ABRIR TOMO II VOLUMEN I - Universidad Complutense de Madrid

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1576<br />

<strong>de</strong> España, ni que todas juntas le hacen tanto daño como ella<br />

sola. Lo otro, que los legisladores <strong>de</strong>l Fuero que se estableció<br />

en las Cortes pasadas <strong>de</strong>l año 1646 son los que pue<strong>de</strong>n entrar en<br />

esa consi<strong>de</strong>ración si hallasen motivo para ello, como en los<br />

primeros que introdujeron comer grosura los sábados en Castilla,<br />

pero no en los que <strong>de</strong> presente la comen, ni en los legisladores<br />

<strong>de</strong> las presentes Cortes, por hallar introducida la ley y<br />

observada con treinta y un años <strong>de</strong> posesión, sino que para esto<br />

obste el haberse interrumpido con seis años <strong>de</strong> posesión en<br />

contrario, la cual no se pue<strong>de</strong> llamar posesión cierta, respecto<br />

<strong>de</strong> estar sujeta a lo que dispusiere la Junta <strong>de</strong> Brazos convocada.<br />

A más <strong>de</strong> que todos los franceses que están en el reino <strong>de</strong><br />

Aragón han venido a él <strong>de</strong>spués <strong>de</strong> establecida la ley, y con<br />

noticias <strong>de</strong> ella. Con que en observarla o se falta a ninguna<br />

razón <strong>de</strong> las que alegan. A<strong>de</strong>más, que ellos no vienen por honores,<br />

sino por el dinero, que el fin que los trae. Y que en su patria<br />

es don<strong>de</strong> <strong>de</strong>ben dárseles, porque la enriquecen y pue<strong>de</strong>n fácilmente<br />

probar los dichos hijos y nietos el animo re<strong>de</strong>undi, pues todos<br />

ellos vienen con intento <strong>de</strong> volverse. Con que no se <strong>de</strong>ben admitir<br />

al goce <strong>de</strong> los honores, beneficios y prebendas que los aragoneses<br />

tienen fundados con su propia hacienda, pues no se hallará<br />

ninguna con bienes franceses, porque todo lo que adquieren se lo<br />

llevan a Francia, sin situar cosa fija en Aragón, pues hasta las<br />

casas en que habitan no las quieren comprar, sino que pagan los<br />

alquileres <strong>de</strong> ellas.<br />

Y no tan solamente se han contentado con quitar a los hombres <strong>de</strong><br />

negocios <strong>de</strong>l reino, el empleo <strong>de</strong> las compras <strong>de</strong> las lanas, en las<br />

cuales empleaban gran<strong>de</strong>s cantida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> dinero, ocupando en la<br />

manufactura muchos criados y factores que también llevaban algún<br />

trato, fiando las lanas a los pelaires y la seda a los<br />

fabricantes <strong>de</strong> ella, saliendo el merca<strong>de</strong>r a pagar lo que<br />

importaban los tejidos cuatro meses <strong>de</strong>spués que los fabricantes<br />

se los entregaban, <strong>de</strong> que resultaban grandísimas conveniencias<br />

para todos, ocupándose muchísimos hombres, corriendo siempre el<br />

dinero entre los negociantes y laborantes, participándose por

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