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ABRIR TOMO II VOLUMEN I - Universidad Complutense de Madrid

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1503<br />

Poned 1000 ducados <strong>de</strong> pena y aplicad la mitad al acusador,<br />

y no paréis aquí, sino pasad a poner seis meses <strong>de</strong> cárcel, y esto<br />

no sólo en el caso <strong>de</strong> cogerse la merca<strong>de</strong>ría, sino también en el<br />

caso <strong>de</strong> probarle que se ha entrado al modo que estáis en los que<br />

llamáis mazarrones. Bien, que para este caso seria necesario<br />

probanza muy concluyente, por no abrir la puerta a la codicia y<br />

enemistad, que procuraría imposturas, y os aseguro, que a este<br />

género <strong>de</strong> pena se siga una inviolable observancia.<br />

No le faltaron a este político los suficientes rayos <strong>de</strong> luz<br />

<strong>de</strong> la pública conveniencia, pues en la pág. 43 <strong>de</strong> su impreso con<br />

la conclusión <strong>de</strong>l Discurso primero, dice: “y mi dictamen en esto<br />

es, que las merca<strong>de</strong>rías extranjeras son <strong>de</strong> mucho perjuicio al<br />

reino, y que usando <strong>de</strong> las naturales se alentarán los que las<br />

fabrican podrán emplear mucha gente en ellas en hilar y torcer<br />

la seda y lana, y otros ministerios hasta la perfección <strong>de</strong> su<br />

labor, lo cual sería <strong>de</strong> mucho aumento al reino en su población<br />

y para que no le saquen dinero <strong>de</strong> él”.<br />

Quien tal dijo, es lástima que se rinda tan miserablemente,<br />

diciendo luego que se revoque la prohibición porque es imposible<br />

su observancia, y mayor dolor, <strong>de</strong> que acabado <strong>de</strong> confesar que las<br />

ropas extranjeras saquen el dinero <strong>de</strong> Aragón, no se acordase que<br />

en la pág. 28 dijo: “que los franceses no sacaban dinero, sino<br />

que pagaban las lanas con lo que procedía <strong>de</strong> sus merca<strong>de</strong>rías”.<br />

Proposiciones, que una <strong>de</strong> las dos ha <strong>de</strong> ser precisamente falsa.<br />

Hasta aquí llegan las razones más po<strong>de</strong>rosas en que preten<strong>de</strong><br />

fundar el doctor Diego José Dormer su opinión. Y por no hacer más<br />

prolijo este Discurso, <strong>de</strong>jo <strong>de</strong> respon<strong>de</strong>r ahora con la extensión<br />

a que podían dar lugar sus proposiciones.<br />

Y volviendo a cobrar el hilo <strong>de</strong> mi interrumpida i<strong>de</strong>a, digo<br />

que el aquiles <strong>de</strong>l argumento más fuerte contra la prohibición es<br />

la queja que alegan tendrán los reinos vecinos, diciendo, se usa<br />

con ellos el mismo tratamiento <strong>de</strong> hostilidad que se pudiera<br />

contra los enemigos. A esto se respon<strong>de</strong> que los reinos vecinos

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