07.05.2013 Views

SG-JRC-0576-2012

SG-JRC-0576-2012

SG-JRC-0576-2012

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

<strong>SG</strong>-<strong>JRC</strong>-576/<strong>2012</strong><br />

Y ACUMULADOS<br />

del Estado de Jalisco, por la que determinó que,<br />

contrario a lo que señaló el Consejo General del<br />

Instituto Electoral y de Participación Ciudadana<br />

del Estado de Jalisco, el principio de equidad de<br />

género con que debe conformarse la asignación<br />

de diputados por el principio de representación<br />

proporcional, se satisface sólo con el registro de<br />

la lista que realizan los partidos políticos, sin que<br />

esa previsión deba tomarse en cuenta por lo que<br />

hace a la lista de porcentajes mayores.<br />

El Tribunal Electoral responsable no cumplió con<br />

la obligación contenida en el artículo 1º párrafo<br />

segundo de la Constitución Federal, en relación<br />

al respectivo 133, por cuanto que desestimó el<br />

control de convencionalidad que de conformidad<br />

con los criterios emitidos por la Suprema Corte<br />

de Justicia de la Nación, realizó el Consejo<br />

General del Instituto Electoral y de Participación<br />

Ciudadana del Estado de Jalisco, al momento de<br />

realizar la asignación de candidatos a diputados<br />

por el principio de representación proporcional.<br />

Agravio 3). En caso de considerar que los<br />

agravios antes expuestos resultaran<br />

improcedentes, la actora solicita la inaplicación<br />

de los artículos 16 párrafo 1 fracción II, 17<br />

párrafos 1 y 5 y 381 párrafo 1 del Código<br />

Electoral y de Participación Ciudadana del Estado<br />

de Jalisco, por contravenir el principio de equidad<br />

de género previsto en la Constitución Política de<br />

los Estados Unidos Mexicanos, en relación con<br />

los artículos 1º párrafo segundo y 133 de la Carta<br />

- 60 -

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!