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Glosario

Acción antijurídica. Acción que es contraria a derecho.

Acción culpable. Acción que se atribuye a una persona

declarada responsable penalmente.

Acción típica. Acción característica o representativa de

un tipo penal, es decir, de una conducta definida en la

legislación penal o sancionatoria, a efecto de la imposición

de la pena o sanción correspondiente.

Decomiso. Aplicación a favor del gobierno, de los instrumentos,

objetos o productos del delito, en los términos

de la legislación aplicable.

Delito. Acción u omisión voluntaria o imprudente

penada por la ley.

Derecho penal. Parte del ordenamiento jurídico que

establece y regula la reprensión o castigo de los crímenes

o delitos, por medio de la imposición de las penas.

Destitución. Privación definitiva del empleo, cargo o

comisión de cualquier naturaleza en el servicio público.

Inhabilitación. Incapacidad temporal para obtener y

ejercer cargos, comisiones o empleos públicos.

Inimputable. Persona eximida de responsabilidad penal

por no poder comprender la ilicitud de un hecho

punible o por actuar conforme a dicha comprensión.

Medida de seguridad. Disposición complementaria o

sustitutiva de las penas que, con fines preventivos, puede

imponer el juez a personas que hayan exteriorizado

su peligrosidad criminal o de los que puede temerse

que vuelvan a delinquir.

Multa. Pago de una cantidad de dinero al gobierno.

Pena. Castigo impuesto conforme a la ley por los jueces

o tribunales a los responsables de un delito o falta.

Penología. Disciplina que se ocupa del estudio de la

aplicación y ejecución de las penas, y está muy ligada

a una derivación del derecho penal llamada “derecho

penitenciario”.

Prisión. Privación de la libertad personal.

Privación. Pérdida definitiva de derechos.

Semilibertad. Prisión intermitente, que implica alternación

de periodos de libertad, y privación de la

libertad.

Supervisión de la autoridad. Observación y orientación

de la conducta del sentenciado, ejercidas por

personal especializado dependiente de la autoridad

competente, con la finalidad exclusiva de coadyuvar a

la readaptación social del sentenciado y a la protección

de la comunidad.

Suspensión. Pérdida temporal de derechos.

Trabajo en beneficio de la víctima del delito. Prestación

de servicios remunerados, en instituciones públicas,

educativas, empresas de participación estatal o

en empresas privadas, en los términos de la legislación

correspondiente.

Trabajo en favor de la comunidad. Prestación de

servicios no remunerados, en instituciones públicas,

educativas, de asistencia o servicio social, o en instituciones

privadas de asistencia no lucrativas, que la ley

respectiva regule.

Tratamiento en libertad de imputables. Aplicación,

según el caso, de las medidas laborales, educativas, de

salud o de cualquier otra índole autorizadas por la ley,

orientadas a la readaptación social del sentenciado y

bajo la supervisión de la autoridad ejecutora.

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