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PDF - Aranzadi

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120<br />

3.4 FOMENTO FORESTAL VASCO (DESDE 1980)<br />

3.4.1 Forestalismo al inicio de la autonomía<br />

(1980-1989)<br />

La Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, del<br />

Estatuto Vasco de Autonomía, otorgó a las<br />

Instituciones Vascas competencias forestales<br />

exclusivas sobre Montes, aprovechamientos y servicios<br />

forestales, vías pecuarias y pastos. Los<br />

Reales Decretos 2761/1980 de 26 de septiembre,<br />

en materia de conservación de la naturaleza, y<br />

2022/1981 de 24 de julio, de producción vegetal,<br />

traspasaron los correspondientes servicios del<br />

Estado en Álava, Gipuzkoa y Bizkaia a la<br />

Comunidad Autónoma. El Departamento de<br />

Agricultura del Gobierno Vasco, aunó estas competencias<br />

en el Servicio Forestal y de<br />

Conservación de la Naturaleza (SEFOCONA).<br />

La Ley 27/1983, de 25 de noviembre de<br />

Relaciones entre las Instituciones Comunes de la<br />

Comunidad Autónoma y los Órganos Forales de<br />

sus Territorios Históricos, transfirió en su Art. 10.9<br />

las competencias sobre la gestión forestal del<br />

Gobierno Vasco a las Diputaciones Forales, que<br />

recibieron los servicios en 1985. Permanecen en<br />

las Instituciones Comunes las relativas a semillas,<br />

viveros e industrias forestales. Una vez en el ámbito<br />

foral, El Territorio Histórico de Álava aprobó la<br />

norma foral 13/86, de 4 de julio, reguladora del<br />

régimen de los montes, y en el resto de los<br />

Territorios se aplicó subsidiariamente la Ley de<br />

Montes de 8 de junio de 1957.<br />

En opinión de Eizmendi, con los argumentos del<br />

estudio de <strong>Aranzadi</strong> y la llegada de las transferencias<br />

forestales, se generó en el sector forestal una<br />

reflexión colectiva sobre el futuro del pino radiata,<br />

que apostó por el mantenimiento de su uso.<br />

Durante ese período, los servicios forestales transferidos<br />

se encontraban en un período de transición,<br />

y las Diputaciones Forales no disponían de los<br />

medios para proponer una política forestal activa,<br />

por lo que es el sector privado quien toma tímidas<br />

iniciativas frente a una opinión pública y política<br />

mayoritariamente en contra del pino radiata.<br />

En 1980, Ascasibar144 estimaba que en el País<br />

Vasco no había habido una planificación de las<br />

repoblaciones de pino radiata. La proliferación<br />

del pino radiata era debida a la buena retribución<br />

de su madera y al éxodo de la juventud rural<br />

MUNIBE (Suplemento / Gehigarria) 23, 2005<br />

EL PINO RADIATA EN LA HISTORIA FORESTAL VASCA<br />

hacia los empleos industriales, por lo que era precisa<br />

una política autonómica que tuviese como<br />

bases:<br />

• Establecer en los montes de utilidad pública los<br />

espacios naturales a proteger.<br />

• Recuperar la normativa foral, al estilo de la<br />

liquidada en 1936, para planificar y armonizar<br />

los usos en los montes particulares. En éstos<br />

se debía localizar la producción de madera<br />

industrial.<br />

• Mejorar las actuaciones selvícolas y las infraestructuras.<br />

• Establecer líneas de ayuda para repoblaciones<br />

y tratamientos selvícolas.<br />

A su vez, RUIZ URRESTARAZU (1980) estimaba que<br />

los problemas de rechazo social al pino radiata se<br />

centraban en la forma masiva en que se había<br />

introducido al utilizar terrenos aptos y menos<br />

aptos. Descalificaba la frivolidad con que se acogían<br />

en ambientes ecologistas los incendios<br />

forestales provocados:<br />

«En las épocas de incendio no es raro que algunos<br />

grupos digan atribuirse el incendio de pinares, declarándose<br />

partidarios de plantaciones de robles y hayas.<br />

¡Como si quemando un pinar sólo ardiesen los pinos!.»<br />

(RUIZ URRESTARAZU, 1980, p. 58).<br />

A medida que la nueva administración forestal del<br />

Estado de las Autonomías va organizándose, en<br />

la Cornisa Cantábrica se reformula la problemática<br />

de las especies de crecimiento rápido. Desde<br />

Galicia, MOLINA (1985) achacaba al pasado desarrollismo<br />

la tensión en que se encontraban los<br />

recursos naturales en España, por lo que proponía<br />

dejar los montes del interior y del Levante con<br />

funciones conservadoras y de recreo, y destinar<br />

el Norte para las especies con gran producción<br />

por unidad de superficie145 . Proponía establecer<br />

modelos de producción diferenciados para las<br />

especies de turnos muy cortos (eucalipto), corto<br />

(pino radiata, pino marítimo) y medio (abeto<br />

Douglas), y, mediante ayudas, movilizar los recursos<br />

forestales de propiedad particular. Con un<br />

esfuerzo mancomunado del Estado y las<br />

Comunidades Autónomas se debía «desactivar»<br />

la imagen de la pasada política forestal. Estimaba<br />

que la integración en la C.E.E. facilitaría dicho<br />

empeño debido a su déficit de madera.<br />

144 Jorge Ascasibar sería el primer Director General de Montes en la 2ª época del Gobierno Vasco (1981-1985).<br />

145 El eucalipto, con un 2% de la superficie forestal contribuía con el 24% de la producción nacional de madera. Evaluaba en 400.000<br />

ha los montes aptos para las especies de crecimiento rápido en el norte y noroeste.<br />

S.C. <strong>Aranzadi</strong>. Z.E. Donostia/San Sebastián

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