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PDF - Aranzadi

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de incendio de montes. También desaparecerían<br />

caseríos al no disponer de los necesarios abonos.<br />

La Diputación responde a las protestas<br />

mediante una circular a todos los ayuntamientos,<br />

indicando que los particulares podían prohibir la<br />

entrada de ganado a sus terrenos, y debían ser los<br />

pastores quienes lo evitasen. Establece una señal<br />

única indicativa de repoblaciones acotadas al<br />

pastoreo y obliga a todo al ganado a llevar una<br />

marca indeleble para facilitar el reconocimiento en<br />

caso de denuncia.<br />

TABLA 27 - EXPEDIENTES SANCIONADORES GIPUZKOA (1921/1922)<br />

Año Nº adjudicatarios<br />

Incendios 24<br />

Pastoreo abusivo 49<br />

Cortas abusivas 30<br />

Plantaciones abusivas 4<br />

Daños a repoblados 3<br />

TOTAL 110<br />

Durante los años 1921/1922, el Servicio<br />

Forestal de Guipúzcoa tramita un total de 110<br />

expedientes sancionadores con afección a los<br />

aprovechamientos forestales y a las repoblaciones,<br />

donde predominaban las correspondientes al<br />

pastoreo abusivo (Tabla 27):<br />

En 1924 un grupo de agricultores de Oiartzun,<br />

Rentería y San Sebastián presentan una nueva<br />

reclamación a la Diputación contra la prohibición<br />

de pastorear ganado en los montes repoblados,<br />

que vuelve a ser desestimada.<br />

Como contrapartida, también se reciben en los<br />

servicios forestales escritos en apoyo a su interés<br />

por la repoblación y cierre de montes, con quejas<br />

sobre incendios provocados, robo y arranque de<br />

pinos recién plantados, o roturas de cierres. Sobre<br />

todo, tras los incendios de 1922, la Diputación<br />

recibe la solicitud de un grupo de propietarios de<br />

montes de Gipuzkoa que pedía medidas en<br />

defensa de su arbolado. También en Álava se solicita<br />

ayuda para evitar el pastoreo en sus plantaciones.<br />

Algunos particulares solicitan compartir<br />

cierres de repoblaciones en montes públicos.<br />

En esta resistencia a la intervención de la<br />

Diputación en sus montes, destacan los pueblos<br />

alaveses, territorio donde, la nueva guardería<br />

EL PROCESO DE REPOBLACIÓN CON PINO RADIATA (HASTA 1937)<br />

Fuente: Elaboración propia (AGG JD IT 2013)<br />

comienza su labor con dificultades: el guarda de<br />

Lagrán, Vicente Nájera, al hacerse cargo de su<br />

distrito, debe ser trasladado a otro pueblo tras las<br />

amenazas recibidas por denunciar en su primera<br />

actuación, la corta abusiva de más de cuatro mil<br />

pies de roble en el monte comunal. Las primeras<br />

Ordenanzas Forestales alavesas claramente<br />

defensoras de la repoblación forestal, aprobadas<br />

el 5 de abril de 1919, deben modificarse a petición<br />

de los pueblos el 24 de abril de 1920. Aún así, el<br />

nuevo Servicio Forestal favorece las repoblaciones<br />

de particulares en la zona Cantábrica, y se repueblan<br />

con pino radiata montes públicos en Lezama,<br />

Llodio y Amurrio, aunque algunos montes como La<br />

Nevera o Urtezar se queman de forma intencionada.<br />

En el presupuesto alavés de 1922, se consignan<br />

500.000 ptas. para la repoblación forestal de la provincia<br />

lo que origina una agria polémica en la prensa<br />

entre los representantes de los pueblos y el Jefe<br />

de Servicio, Julián Echenique. Mientras los primeros<br />

consideraban la medida electoralista y nepotista,<br />

el segundo se quejaba de las continúas dificultades<br />

puestas por los pueblos para la repoblación<br />

forestal. Echenique afirmaba que ya que no se acotaban<br />

terrenos al pastoreo, la regeneración natural<br />

era casi nula. Respecto a la repoblación artificial, a<br />

pesar de hacer los cierres con trinchera y alambrada,<br />

los ayuntamientos no ejercían la debida vigilancia<br />

sobre el ganado vecinal, que ese año, e.g.<br />

había ramoneado en 100.000 pinos ya prendidos<br />

en el alto de Arlabán.<br />

Tras el inicial rechazo del Plan alavés de repoblación<br />

de 1922, el 29 de diciembre de 1923 se<br />

aprueban nuevas ordenanzas y se formula un<br />

nuevo Proyecto General de Repoblaciones (1923-<br />

35), basado en la repoblación de montes y la construcción<br />

de casa forestales en el entorno, para facilitar<br />

la vigilancia de las repoblaciones.<br />

La iniciativa repobladora vuelve a encontrar la<br />

fuerte oposición de un grupo de 36 ayuntamientos,<br />

que reunidos en Salvatierra, redactan «una brava<br />

acometida de los pueblos forestales a su tutor celosísimo<br />

Julián Echenique» 98 . A juicio de los pueblos,<br />

el capítulo del proyecto de Ordenanza relativo a la<br />

repoblación forestal, atribuía a la Diputación un<br />

dominio sobre los montes, que no poseía; facultándola<br />

para actuar sobre todos los montes de la provincia,<br />

tanto de los pueblos, como de los particula-<br />

98 Puesto en circulación de forma anónima en: Algunos datos para la historia del repoblado de los montes comunales de Alava (Vitoria:<br />

Imprenta moderna, 1924).<br />

MUNIBE (Suplemento / Gehigarria) 23, 2005 S.C. <strong>Aranzadi</strong>. Z.E. Donostia/San Sebastián<br />

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