13.05.2013 Views

PDF - Aranzadi

PDF - Aranzadi

PDF - Aranzadi

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

últimas enfermedades del arbolado. El ayuntamiento<br />

ya había negado la posibilidad del cierre a<br />

propietarios de otros montes. Éstos, a pesar de<br />

haber cerrado, repoblado y puesto un guarda jurado,<br />

no habían podido impedir el levantamiento de<br />

los cierres y el libre pastoreo en las repoblaciones,<br />

que acabaron perdiéndose.<br />

El Ayuntamiento exponía sus evidentes razones<br />

en un escrito remitido en marzo de 1922, y fundamentadas<br />

en las cláusulas de la escritura de compraventa<br />

de 1840:<br />

«Que los rematantes, ni sus sucesores, en ningún tiempo,<br />

no tendrán derecho, ni acción, de poder cerrar, ni<br />

levantar edificios, en las insinuadas porciones, pues<br />

han de ser y servir libremente para el pasto de los ganados,<br />

como lo han sido hasta ahora [...] no podrán causar<br />

en ellas cortes excesivos de árboles por pies, pues<br />

el aprovechamiento deberá hacerse del ramaje, y por<br />

pie con una prudente entresaca.»<br />

El ingeniero Director de montes, informaba en<br />

octubre de 1922 que el censo ganadero del valle<br />

era importante y por lo tanto su presión sobre los<br />

montes era notable, y aunque si bien era cierto<br />

que el arbolado del valle había sido afectado por<br />

enfermedades epidémicas:<br />

«Ambas enfermedades no han destruido por completo<br />

ni los castañares ni los robledales, talados unos y otros<br />

por un exceso de previsión y, en ocasiones, con manifiesto<br />

olvido de las disposiciones legales que regulaban<br />

e intervenían en el aprovechamiento de los montes particulares<br />

por sus propietarios.»<br />

El pleito continúa sin solución, y en abril de<br />

1926 la Diputación convoca a las partes con objeto<br />

de determinar el derecho de los propietarios particulares<br />

a hacer plantaciones de arbolado con cierres.<br />

El ayuntamiento de Aramaio, indignado, comisiona<br />

al alcalde y teniente de alcalde para comparecer<br />

ante la Diputación como oyentes pero sin<br />

competencia en este asunto, y para hacer desistir<br />

a la institución de su pretensión mediadora. La corporación<br />

entendía que la servidumbre de pastos<br />

sobre todos los montes del municipio pertenecía al<br />

común de vecinos del valle y sólo mediante un<br />

referéndum entre los vecinos podría extinguirse tal<br />

derecho. Arremete contra los propietarios que<br />

«alardeaban» de querer repoblar los montes con<br />

pinos cuando «con sus totales talas de árboles<br />

hermosos, no epidémicos y enfermos» habían llegado<br />

al extremo de «no dejar en los mismos uno<br />

que sirviese para un palo de una pluma». Incluso<br />

amenazan con actuar por incumplimiento de las<br />

cláusulas de venta relativas a la obligatoriedad de<br />

EL PROCESO DE REPOBLACIÓN CON PINO RADIATA (HASTA 1937)<br />

vecindad y prohibición de cortas a hecho.<br />

Estimaba que si se dejase sin efecto la mencionada<br />

escritura se producirían un grave perjuicio a los<br />

vecinos por parte de individuos «que han dado<br />

muerte a sus montes por enriquecerse y sin mirar<br />

al bien común y que como vecinos de otra provincia<br />

ningún derecho pueden alegar».<br />

Incendios forestales<br />

Los incendios forestales, sobre todo en años de<br />

climatología desfavorable, surgen como una de<br />

las constantes amenazas a las nuevas repoblaciones.<br />

Ya en el Primer Congreso de Estudios<br />

Vascos, SAINZ (1919) planteaba la necesidad de<br />

asegurar las nuevas plantaciones para minorar<br />

daños, pero no es sino tras los graves incendios<br />

de 1922, que tuvieron lugar en los montes de<br />

Usurbil, Urnieta, Hernani y Aia, cuando, con el fin<br />

de asegurar las nuevas repoblaciones y tranquilizar<br />

a los ayuntamientos y propietarios privados,<br />

se crea el Seguro de Incendios contra Bosques<br />

en Gipuzkoa. En función del histórico de incidencias,<br />

se calcula un gasto anual de 8 ptas. por<br />

cada 10.000 ptas. de valor aseguradas. La sociedad<br />

no tenía capital fijo, sino que estaba constituido<br />

por un fondo de reserva nutrido con las<br />

cuotas y un impuesto del 2% sobre todos los<br />

aprovechamientos forestales provinciales. La primera<br />

asamblea, con 100 mutualistas, tuvo lugar<br />

el 16 de julio de 1925. La Sociedad, radicada en<br />

el Palacio Foral y tutelada por la Diputación, estaba<br />

constituida por particulares, ayuntamiento y<br />

sociedades privadas. Como director-gerente fue<br />

nombrado el ingeniero-jefe del Servicio Forestal,<br />

Rafael de Hériz. Tras varios años de escasas incidencias,<br />

en 1929 se quemaron 300 ha, el 10% de<br />

la superficie asegurada. Al no poder hacer frente<br />

a los pagos, la Diputación concedió a la<br />

Sociedad una subvención extraordinaria de<br />

200.000 ptas. En el período de 1930 a 1948, se<br />

duplicó la superficie asegurada, llegando a 6.735<br />

ha, donde un tercio de la misma correspondía a<br />

particulares y el resto a entidades públicas o a<br />

Consorcios forestales. Durante dicho período se<br />

quemaron en total 248 ha.<br />

Esta iniciativa también sería seguida por la<br />

Diputación de Bizkaia, que en la sesión del 22 de<br />

octubre de 1941 acuerda implantar este seguro<br />

forestal, y el 25 de julio de 1942 constituye la<br />

Asociación de Seguros Mutuos contra Incendios de<br />

Montes de Bizkaia con un anticipo reintegrable y sin<br />

interés de 300.000 ptas., cuya administración se<br />

MUNIBE (Suplemento / Gehigarria) 23, 2005 S.C. <strong>Aranzadi</strong>. Z.E. Donostia/San Sebastián<br />

73

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!