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Conde de Toreno, Historia del levantamiento, guerra y revolución ...

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LIBRO VIGÉSIMO (1808)<br />

en 4 <strong>de</strong> Abril <strong>de</strong> 1811, y otra en 16 <strong>de</strong> Julio <strong>de</strong> 1812. Dirigíase la primera<br />

á prohibir el curso <strong>de</strong> las piezas acuñadas en España con busto <strong>de</strong><br />

José, previniéndose á los tenedores las llevasen á la casa <strong>de</strong> la moneda,<br />

en don<strong>de</strong> recibirian su justo valor en otras legales y permitidas. Encaminábase<br />

la segunda, ó sea la circular <strong>de</strong> 1812, á igual prohibicion respecto<br />

<strong>de</strong> la moneda francesa, especificándose lo que en las tesorerías se<br />

habia <strong>de</strong> dar en cambio; á cuyo fin se acompañaba una tarifa apreciativa<br />

<strong>de</strong>l valor intrínseco <strong>de</strong> dicha moneda, y por tanto bastante diverso <strong>de</strong>l<br />

que calcularon en 1808 los ensayadores nombrados al intento. Este trabajo,<br />

aunque imperfecto, se aproximaba á la verdad, en especial respecto<br />

<strong>de</strong> las piezas <strong>de</strong> cinco francos, si bien no tanto en los escudos <strong>de</strong> seis<br />

libras, y ménos todavía en las monedas <strong>de</strong> oro.<br />

La prohibicion <strong>de</strong> las fabricadas con busto <strong>de</strong>l rey intruso no tuvo<br />

otro fundamento sino odios políticos ó precipitada irreflexion, pues sabido<br />

es que se acuñaban los pesos fuertes <strong>de</strong> José con el mismo peso y<br />

ley que los proce<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> América: <strong>de</strong>biendo tambien notarse que en<br />

Francia se estiman los primeros áun más <strong>de</strong>s<strong>de</strong> que el arte perfeccionado<br />

<strong>de</strong> la afinacion ha <strong>de</strong>scubierto en ellos mayor porcion <strong>de</strong> oro que en<br />

los antiguos, habiendo sido comunmente fabricados los mo<strong>de</strong>rnos <strong>de</strong>l<br />

tiempo <strong>de</strong> la invasion con vajillas y alhajas <strong>de</strong> iglesia, en que entraba<br />

casi siempre plata sobredorada.<br />

Estas dos provi<strong>de</strong>ncias, tan poco meditadas como lo habia sido la tarifa<br />

<strong>de</strong> 1808, excitaron clamor general, lo mismo en Madrid que en los<br />

<strong>de</strong>mas puntos á medida que se evacuaban, por el quebranto insinuado<br />

arriba que <strong>de</strong> súbito resultó, mayormente pesando las pérdidas sobre los<br />

particulares, y no sobre el erario, y alterándose (3) repentinamente por<br />

sus disposiciones el valor <strong>de</strong> las cosas. En muchos parajes suspendieron<br />

sus efectos las autorida<strong>de</strong>s locales, y representaron al gobierno legítimo,<br />

el cual á lo último, aunque lentamente, pues no lo verificó (4) hasta<br />

(3) En diversas ocasiones en lo antiguo sucedió lo mismo entre nosotros, señaladamente<br />

en los reinados <strong>de</strong> San Fernando, <strong>de</strong> Alfonso el Sabio, <strong>de</strong> Enrique II, Juan el II, y<br />

sobre todo en el <strong>de</strong> Enrique IV, sin venir á épocas posteriores. En el último reinado, dice<br />

el P. Saez, con referencia á un anónimo, que fué tal el trastorno y la confusion que resultaron<br />

<strong>de</strong> las alteraciones hechas en el valor <strong>de</strong> la moneda, «que la vara <strong>de</strong> paño, que<br />

solía valer 200 maravedis, llegó á valer 600, y el marco <strong>de</strong> plata, que valia 1.500, llegó á<br />

valer 6.000.....» (Demostracion histórica <strong>de</strong>l verda<strong>de</strong>ro valor <strong>de</strong> las monedas, por el P. Fr.<br />

Liciniano Saez.)<br />

(4) Hé aquí esta tarifa, casi igual á la <strong>de</strong> 1808, sin más diferencia que la <strong>de</strong> reducir<br />

á ochavos enteros los maravedises y sus quebrados, que expresaba la última. «Las Cór-<br />

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