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124 Derechos humanos de los migrantes y otras personas en el contexto de la movilidad humana en México<br />

280. Por otra parte, la Comisión observa con suma preocupación que muchas de las<br />

amenazas, hostigamientos y agresiones de las que son víctimas las y los defensores de los<br />

derechos humanos de los migrantes se encuentran sumidas en la impunidad y evidencian<br />

una situación de desprotección respecto de estas personas por parte de las autoridades,<br />

en particular en lo que se refiere a la investigación, procesamiento y sanción de las<br />

agresiones de las que son víctimas las y los defensores de los derechos humanos de los<br />

migrantes. En este sentido, la Comisión toma nota de lo señalado por la CNDH respecto a<br />

que se evidencia un subregistro de las agresiones en perjuicio de las y los defensores de los<br />

derechos humanos de los migrantes por parte de las procuradurías generales de justicia,<br />

las cuales reportaron a la CNDH que durante el periodo comprendido entre enero de 2005<br />

a mayo de 2011 tuvieron conocimiento de poco más de 100 casos de delitos cometidos en<br />

contra de defensoras y defensores de los derechos humanos de los migrantes, mientras<br />

que durante ese mismo periodo la CNDH y otros organismos de protección de los derechos<br />

humanos en México recibieron un total de 523 expedientes relacionados con presuntas<br />

violaciones a los derechos humanos en perjuicio de defensoras y defensores.<br />

281. La Comisión recuerda al Estado mexicano que es su obligación investigar de<br />

oficio las amenazas y agresiones en contra de las y los defensores de derechos humanos,<br />

así como procesar y sancionar a los responsables materiales e intelectuales de estas. En<br />

este sentido, la CIDH urge al Estado a adoptar de forma inmediata medidas efectivas de<br />

protección a fin de garantizar el derecho a la vida, la integridad y la seguridad de las y los<br />

defensores de los derechos de los migrantes en México.<br />

282. Igualmente, la Comisión destaca la necesidad de legitimar, proteger y apoyar<br />

la labor de las organizaciones de la sociedad civil que prestan servicios a las personas<br />

migrantes que son víctimas de delitos y violaciones de derechos humanos, a través de<br />

recursos financieros y de políticas públicas, especialmente en lo que se refiere a brindar<br />

asistencia humanitaria y a la provisión de información sobre la forma de interponer<br />

denuncias frente a delitos contra las personas migrantes y sobre la forma de acceder a<br />

una tutela judicial efectiva.<br />

C. La respuesta del Estado mexicano frente a la discriminación y<br />

violencia contra los migrantes y otras personas en el contexto de<br />

la movilidad humana<br />

1. La respuesta en materia legislativa<br />

283. Durante los últimos años, los cuales se han caracterizado por una violencia sin<br />

precedentes en la historia reciente de México y la cual ha tenido efectos particularmente<br />

graves en las personas migrantes, el Estado mexicano ha realizado importantes avances<br />

en materia de derechos humanos. La Comisión valora positivamente las manifestaciones<br />

Organización de los Estados Americanos | OEA

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