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Capítulo III | Detención migratoria y debido proceso 247<br />

c. Comunicación con familiares y con el mundo exterior<br />

561. Algunos de los migrantes detenidos en la Estación Migratoria de Iztapalapa<br />

indicaron que recibían tarjetas para realizar llamadas telefónicas, pero otras dijeron<br />

que debían pagar por las tarjetas, y adicionalmente las personas allí detenidas no tienen<br />

acceso a Internet. Sobre esta cuestión, una migrante detenida manifestó que<br />

Lo más importante, por el estado emocional en el que uno se encuentra cuando la<br />

detienen es que le dejen hacer una llamada gratuita, porque no saben si la persona<br />

lleva dinero o se le perdió o ya no tiene o se lo robaron. Una llamada no cuesta<br />

nada para la seguridad emocional y mental de todo migrante. Así sea una llamada<br />

al día. Es importante por el hecho de que nosotras venimos y nuestros familiares<br />

no saben cómo estamos. Entonces si nos agarran, tenemos derecho a avisarles,<br />

“Mira, nos agarraron y voy de nuevo para mi país, no sé cuándo, no te preocupes”.<br />

Lo importante es que el inmigrante tenga derecho a una llamada gratuita porque<br />

muchas venimos sin dinero 591 .<br />

562. Por su parte, el Estado expresó que a partir de 2008 se estableció una<br />

alianza entre Nextel de México, el Gobierno Federal (a través del INM) y el UNICEF para<br />

salvaguardar el derecho de los NNA migrantes no acompañados a comunicarse a través de<br />

una llamada gratuita con sus padres o familiares cercanos en donde sea que se encuentren.<br />

Con base en dicha alianza, México informó que se instalaron líneas telefónicas a partir de<br />

2008 en 19 estaciones migratorias del INM para que los NNA tengan acceso al derecho al<br />

contacto familiar 592 .<br />

563. La posibilidad de acceso a una comunicación económica, segura y regular<br />

es de particular importancia para las personas bajo detención migratoria. La compleja<br />

situación en la que se encuentran los migrantes, alejados de sus familias y seres queridos,<br />

contribuye a aumentar su situación de vulnerabilidad, de inseguridad y de sufrir<br />

afectaciones psicológicas, y las cuales en algunos casos llegan a tener repercusiones sobre<br />

su salud física. En general, la Comisión considera que los servicios de comunicación a los<br />

que pueden acceder las personas detenidas en las estaciones migratorias requieren ser<br />

mejorados. En especial, a través de la habilitación de acceso telefónico, acceso a correo<br />

electrónico y otros servicios de comunicación a través de Internet de forma periódica,<br />

frecuente y gratuita.<br />

591<br />

Testimonio de una migrante salvadoreña a la delegación de la CIDH en Tapachula (Chiapas), el 28 de julio de 2011.<br />

592<br />

GOBIERNO DE MÉXICO, Comentarios del Gobierno de México al Proyecto de Informe sobre la Situación de los<br />

Derechos Humanos de los Migrantes y Otras Personas en el Contexto de la Movilidad Humana en México. 4 de octubre<br />

de 2013, p. 19.<br />

Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH

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