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Capítulo III | Detención migratoria y debido proceso 251<br />
a esta clase de medidas, en particular sus derechos a la integridad personal, las garantías<br />
del debido proceso, la obligación de adoptar medidas especiales de protección a favor de<br />
los NNA, el derecho a solicitar y recibir asilo y la protección judicial.<br />
574. Por último, la Comisión desea llamar la atención sobre la importancia de la<br />
participación de las organizaciones de la sociedad civil dedicadas a la migración en la<br />
elaboración políticas y leyes en materia migratoria. Durante el proceso de elaboración de<br />
la Ley de Migración y de su Reglamento, la Comisión recibió múltiples quejas por parte de<br />
las organizaciones de la sociedad civil que trabajan respecto a los obstáculos interpuestos<br />
por el Estado mexicano tendientes a limitar su participación en estos procesos. Para la<br />
Comisión es de especial preocupación declaraciones como las hechas por el Grupo de<br />
Trabajo sobre Política Migratoria 596 , tras la publicación del Reglamento, al señalar que<br />
en el proceso de elaboración del Reglamento el Estado mexicano había simulado la<br />
participación de las organizaciones de la sociedad civil que promueven y defienden a las<br />
personas migrantes 597 .<br />
575. México cuenta con una de las redes más grandes de académicos y de<br />
organizaciones de la sociedad civil en materia de migración y refugio, lo cual es un insumo<br />
invaluable que debe ser debidamente considerado en la elaboración de sus políticas<br />
migratorias y de refugio. En este sentido, la experticia de estos actores es el principal aval<br />
para su participación real y efectiva en esta clase de procesos. Un cambio de paradigma<br />
en materia migratoria, a criterio de la Comisión, debe comprender incluir la participación<br />
real y efectiva de todos aquellos actores que trabajan alrededor de las personas migrantes<br />
y sujetas a protección internacional, lo cual implica el trabajo coordinado entre las<br />
instituciones del Estado federal, los entidades federales con las organizaciones de la<br />
sociedad civil, académicos y organismos internacional que trabajan en esta materia en<br />
generar mecanismos de colaboración y espacios de diálogo y consulta que redunden en<br />
la protección de los derechos humanos de estas personas. Por estas razones, la Comisión<br />
estima de suma importancia que el Estado establezca un mecanismo abierto, plural y con<br />
reglas claras de participación, retroalimentación y rendición de cuentas en la elaboración<br />
de las políticas, leyes y prácticas en materia migratoria y de refugio.<br />
596<br />
El Grupo de Trabajo sobre Política Migratoria se encuentra conformado por el Centro de Derechos Humanos Fray<br />
Matías de Córdova, A.C.; el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro PRODH); la Coalición Pro<br />
defensa del Migrante de Baja California; la Dimensión Pastoral para la Movilidad Humana; FUNDAR Centro de Análisis<br />
e Investigación, A.C.; I(dh)eas, Litigio Estratégico en Derechos Humanos; el Instituto de Estudios y Divulgación<br />
sobre Migración (INEDIM); el Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI); el Instituto para la Seguridad y la<br />
Democracia (INSYDE); Movimiento Migrante Mesoamericano (M3); la Alianza Nacional de Comunidades Caribeñas<br />
y Latinoamericanas (NALACC); Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM); Sin Fronteras, IAP; Manuel<br />
Ángel Castillo García, Grupo Guatemala - México; Leticia Calderón, analista en temas migratorios; Elba Coria,<br />
consultora; Gisele Lisa Bonnici, consultora; José Antonio Guevara, consultor; Karina Arias, Consultora.<br />
597<br />
Grupo de Trabajo sobre Política Migratoria, Comunicado de prensa: Reglamento de la Ley de Migración se publica<br />
con cambios, pero persisten problemas de fondo que vulneran los derechos humanos de la población migrante en<br />
México. México, D.F., 1 de octubre de 2012. [Documento en archivo de la Comisión].<br />
Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH