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Capítulo II | Violencia y discriminación en contra de los migrantes 79<br />
no localizadas en México. De este universo de casos, 20 915 se encontraban relacionados<br />
con averiguaciones previas, actas circunstanciadas y carpetas de investigación, mientras<br />
que los 5 206 restantes estaban pendientes de validación de datos. La base de datos a<br />
partir de la cual se desprenden estas cifras fue integrada por el Centro Nacional para el<br />
Combate de la Delincuencia (CENAPI) de la PGR, a partir de la información proporcionada<br />
por procuradurías locales 190 . La Comisión observa que no existe un registro unificado<br />
y confiable sobre personas desaparecidas, extraviadas o ausentes ni sobre los casos de<br />
desapariciones forzadas de personas.<br />
166. De acuerdo con la información proporcionada en el marco de la audiencia<br />
sobre la situación de personas migrantes no localizadas y restos no identificados en<br />
México, las organizaciones peticionarias señalaron que FUNDEM contaba con 250 casos<br />
de mexicanos desaparecidos en los cuales ninguna persona ha sido localizada como<br />
resultado de una investigación penal. En los casos de migrantes centroamericanos, la<br />
mayoría de los casos en los que ha habido resultados ha sido porque las madres y los<br />
familiares de los migrantes desaparecidos han organizado caravanas para buscar a sus<br />
seres queridos a través de México 191 . Además, la Comisión ha sido informada que los<br />
familiares son prácticamente obligados a demostrar si la delincuencia organizada está<br />
implicada para tomar los casos. Dada la falta de coordinación entre los Estados y la falta<br />
o poca información sobre el avance de las investigaciones, ha llevado a que en muchos<br />
casos las propias familias hayan sido las que investigan y aportan información para los<br />
ministerios públicos, con los riesgos que esto implica. La Comisión observa que en el caso<br />
de las familias centroamericanas, su dificultad de acceder a la justicia es mayor, dado que<br />
no existen mecanismos regionales de coordinación para informar a las familias, hacerlas<br />
partícipes de las investigaciones y darles la asistencia que requieren.<br />
167. Asimismo, la delegación de la CIDH fue informada que no existen mecanismos<br />
definidos de búsqueda de personas desaparecidas ni tampoco una instancia específica a la<br />
cual puedan acudir los familiares para ser asistidos en la búsqueda de sus seres queridos.<br />
Esto se dificulta aún más cuando la familia es originaria de una entidad federativa y los<br />
hechos ocurren en otra, dado que no hay forma en que puedan acceder a las autoridades<br />
del lugar de los hechos y no existe coordinación ni entre las entidades federativas ni<br />
tampoco con autoridades de Centroamérica u otros países. Sobre esta cuestión, en sus<br />
observaciones al presente informe, el Estado mexicano informó que a partir del Acuerdo<br />
A/066/13, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de junio de<br />
190<br />
Véase EL UNIVERSAL, Lista oficial de desaparecidos es de 26 mil 121: Segob. México, 26 de febrero de 2013.<br />
Disponible en: http://www.eluniversal.com.mx/notas/906200.html . [Última consulta el 30 de diciembre de<br />
2013].<br />
191<br />
Intervención de Blanca Martínez Bustos, FUNDEM, en la Audiencia ante la Comisión Interamericana de Derechos<br />
Humanos sobre la situación de personas migrantes no localizadas y restos no identificados en México. Washington,<br />
23 de marzo de 2012. Audio y video disponible en: http://www.oas.org/es/cidh/audiencias/Hearings.<br />
aspx?Lang=es&Session=125. [Última consulta el 30 de diciembre de 2013].<br />
Comisión Interamericana de Derechos Humanos | CIDH