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Integración Regional y Relaciones Unión Europea-América Latina

Después de Santiago - Consejo Argentino para las Relaciones ...

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<strong>Unión</strong> <strong>Europea</strong>-<strong>América</strong> del Sur 141de difícil resolución entre los miembros y no permitirían llegar a acuerdos paraestablecer una estructura institucional en la definición del tratado constitutivo.Las diferentes perspectivas de países como Venezuela y Brasil, con criteriosdefinidos sobre la convergencia a la que deberían llegar los procesos de integraciónregional existentes, o los intereses de otros países como Colombia, Perúo Chile que consideraban que el nuevo proceso debía centrarse en fortalecer laestructura de gobernanza regional, no permitirían la celebración de un tratadoconstitutivo y el establecimiento de una estructura institucional que correspondaa un consenso sudamericano.De esta forma se configura UNASUR como un proceso regional que ensu agenda de políticas y actividades públicas incluye en materia económica aprocesos de integración regional –CAN, MERCOSUR– y en otras materias –pazy seguridad, integración física, energética, telecomunicaciones, armonizaciónfinanciera y macro económica- a procesos de cooperación entre Estados.El Tratado constitutivo de UNASUR no ha definido la posibilidad de cesiónde competencias por parte de los Estados a la estructura institucional, ni laparticipación obligatoria de todos los asociados en nuevas instituciones creadascon posterioridad. 8En este caso la organización establecida en el Tratado constitutivo mantieneen los Estados la capacidad para la toma de decisiones y su implementaciónnacional y deja a los órganos del proceso la tarea de coordinación de las diferentespolíticas y actividades públicas, específicamente a los Consejos de Delegadossujetos a las agendas definidas por los decisores en el Consejo de Jefas y Jefes deEstado y de Gobierno, en el marco de cumbres presidenciales.Queda pendiente la visibilidad de los efectos del proceso, ya que en la estructuraactual los actores involucrados son principalmente gubernamentales y nose han establecido intercambios o actividades directas con otros actores sociales,que permitan una aplicación directa de las políticas o actividades públicas.La capacidad de creación normativa en UNASURLa profundidad y efectividad de la normativa jurídica contenida en los Tratadosse reflejan en la forma como se produce el derecho en los procesos regionales, alintroducir normas en el Tratado constitutivo (normas primarias) y crear en el Tratadoun mecanismo capaz de producir derecho (normas secundarias). 98Tratado Constitutivo de UNASUR http://unasursg.org/index.php?-option=com_content&view=article&id=290&Itemid=339 (consultado 30/1/2013).9 Ramón Torrent y Federico Lavopa. “La producción del derecho de la integraciónen <strong>América</strong> <strong>Latina</strong>: un talón de Aquiles del MERCOSUR reproducido en la <strong>Unión</strong>de Naciones Sudamericanas” en UNCTAD, <strong>Integración</strong> regional en <strong>América</strong> <strong>Latina</strong>:

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