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ABREVIATURAS

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se reducirá gradualmente para los agentes económicos que acudan posteriormente en iguales<br />

términos a exponer su conducta.<br />

En cualquier caso, la Comisión deberá imponer medidas adecuadas para restaurar el proceso<br />

de libre concurrencia y de competencia económica.<br />

La dispensa y reducción del importe de multas no exime a los beneficiados de ser sujetos de<br />

reclamaciones por daños y perjuicios que la conducta anticompetitiva hubiera causado a<br />

terceros.<br />

Estos instrumentos de política pública han demostrado en el plano internacional su eficacia<br />

para la detección de conductas anticompetitivas y permitirán a la Comisión cumplir con el<br />

mandato constitucional de prevenir, investigar y combatir eficazmente las conductas<br />

anticompetitivas.<br />

10. PROCEDIMIENTOS ANTE LA COMISIÓN POR MEDIOS ELECTRÓNICOS<br />

El avance de los medios electrónicos de comunicación y su penetración han impulsado<br />

reformas legales y cambios de políticas públicas a fin de hacer más eficientes los trámites,<br />

reducir costos y ampliar la transparencia.<br />

Los órganos constitucionales autónomos, en tanto también forman parte del Estado, no deben<br />

ser ajenos al anhelo de construir una nueva relación entre la sociedad y el gobierno, centrada<br />

en la experiencia del ciudadano como usuario de servicios públicos, mediante la adopción<br />

del uso de las tecnologías de la información y comunicaciones.<br />

Por ello, la propuesta de ley secundaria en materia de competencia económica abre la<br />

posibilidad a que la Comisión pueda interactuar de manera legal con los particulares y<br />

sustanciar cualquier procedimiento por medíos electrónicos, observando en todo caso los<br />

principios de gobierno digital y datos abiertos, así como las disposiciones aplicables en<br />

materia de firma electrónica.<br />

En suma, la iniciativa que hoy pongo a consideración de esa Soberanía está encaminada a<br />

generar esquemas que nos permitan acabar con las prácticas monopólicas y demás conductas<br />

anticompetitivas que durante años han retrasado el crecimiento económico del país, mediante<br />

la regulación de un órgano autónomo, independiente e imparcial en materia de competencia<br />

económica; la generación de esquemas de libre competencia y libre concurrencia; la<br />

prevención efectiva de las prácticas monopólicas y las conductas anticompetitivas, y el<br />

establecimiento de sanciones a quienes atenten contra la libre competencia y concurrencia.<br />

Con base en lo expuesto, por su digno conducto y con fundamento en el artículo 71, fracción<br />

I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, me permito someter a la<br />

consideración de esa Soberanía siguiente Iniciativa de ley.<br />

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