02.03.2016 Views

ABREVIATURAS

1RDKsvZ

1RDKsvZ

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

II.<br />

Tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos al día de la designación;<br />

III. Poseer al día de la designación, título profesional con antigüedad mínima de diez<br />

años, expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello;<br />

IV. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite<br />

pena de prisión por más de un año;<br />

V. Contar con al menos tres años de experiencia en el servicio público;<br />

VI. Acreditar en los términos del artículo 30 de esta Ley, los conocimientos técnicos<br />

necesarios para el ejercicio del cargo;<br />

VII. No haber ocupado ningún empleo, cargo o función directiva o haber representado de<br />

cualquier forma los intereses de algún Agente Económico que haya estado sujeto a alguno<br />

de los procedimientos previstos en esta Ley durante los tres años previos a su nombramiento.<br />

Concluido su encargo, por un plazo equivalente a una tercera parte del tiempo en que haya<br />

ejercido su función, el titular de la Autoridad Investigadora no podrá desempeñarse como<br />

consejero, administrador, director, gerente, directivo, ejecutivo, agente, representante o<br />

apoderado, de un Agente Económico que haya estado sujeto a alguno de los procedimientos<br />

a su cargo durante el desempeño de su responsabilidad.<br />

El incumplimiento a esta disposición se sancionará en términos del artículo 8 de la Ley<br />

Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.<br />

ARTÍCULO 32.- El titular de la autoridad investigadora podrá ser removido del cargo por el<br />

Pleno por mayoría calificada de cinco votos, por las siguientes causas:<br />

I. Incumplir las resoluciones definitivas del Pleno;<br />

II. Abstenerse de resolver sin causa justificada, los asuntos de su competencia dentro de<br />

los plazos previstos en esta Ley;<br />

III. Someter a sabiendas, a la consideración del Pleno, información falsa o alterada, y<br />

IV. Incumplir de manera grave o reiterada con las obligaciones propias de su encargo.<br />

Para efectos de éste artículo, se considera como causa grave incumplir sistemáticamente con<br />

esta Ley o procurar beneficios indebidos para sí o para terceros.<br />

Lo anterior con independencia de las responsabilidades a que se refiere el Título Cuarto de<br />

la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal de<br />

Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.<br />

ARTÍCULO 33.- En el desempeño de su encargo, el titular de la Autoridad Investigadora será<br />

independiente en sus decisiones y funcionamiento, profesional en su desempeño e imparcial<br />

en sus actuaciones, sujetándose a los principios de legalidad, objetividad, certeza, honestidad,<br />

exhaustividad y transparencia, así como a las reglas de contacto que se establezcan en el<br />

estatuto orgánico.<br />

Capítulo IV<br />

De la Responsabilidad del Titular de la Autoridad Investigadora<br />

56

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!