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Rosa Luxemburgo – Obras escogidas

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los vínculos corporativos, mediante la trasformación progresiva de la administración fiscal<br />

y del ejército.<br />

En consecuencia, cuando estudiamos el problema desde un punto de vista abstracto,<br />

no desde el punto de vista histórico, podemos imaginar (en vista de las viejas relaciones de<br />

clase) un pasaje legal, según el método reformista, de la sociedad feudal a la sociedad<br />

burguesa. ¿Pero qué vemos en la realidad? En la realidad vemos que las reformas legales no<br />

sólo no obviaron la toma del poder político por la burguesía, antes bien, por el contrario,<br />

lo prepararon y condujeron a él. La transformación socio-política previa fue indispensable,<br />

tanto para la abolición de la esclavitud como para la supresión del feudalismo.<br />

Pero ahora la situación es totalmente distinta. Ninguna ley obliga al proletariado a<br />

someterse al yugo del capitalismo. La pobreza, la carencia de medios de producción,<br />

obligan al proletariado a someterse al yugo del capitalismo. Y no hay ley en el mundo que<br />

le otorgue al proletariado los medios de producción mientras permanezca en el marco de la<br />

sociedad burguesa, puesto que no son las leyes sino el proceso económico los que han<br />

arrancado los medios de producción de manos de los productores.<br />

Tampoco la explotación dentro del sistema de trabajo asalariado se basa en leyes. El<br />

nivel salarial no queda fijado por la legislación, sino por factores económicos. El fenómeno<br />

de la explotación capitalista no se basa en una disposición legal sino en el hecho puramente<br />

económico de que en esta explotación la fuerza de trabajo desempeña el rol de una<br />

mercancía que posee, entre otras, la característica de producir valor: que excede al valor que<br />

se consume bajo la forma de medios de subsistencia para el que trabaja. En síntesis, las<br />

relaciones fundamentales de la dominación de la clase capitalista no pueden transformarse<br />

mediante la reforma legislativa, sobre la base de la sociedad capitalista, porque estas<br />

relaciones no han sido introducidas por las leyes burguesas, ni han recibido forma legal.<br />

Aparentemente, Bernstein no lo sabe, puesto que habla de “reformas socialistas”. Por otra<br />

parte, parece reconocerlo implícitamente cuando dice en la página 10 de su libro: “la<br />

motivación económica en la actualidad actúa libremente, mientras que en el pasado estaba<br />

enmascarada por toda clase de relaciones de dominación, por toda clase de ideología”.<br />

Una de las peculiaridades del orden capitalista es que en su seno todos los elementos<br />

de la futura sociedad asumen en la primera instancia de su desarrollo una forma que no se<br />

aproxima al socialismo sino que, por el contrario, se aleja más y más del socialismo. La<br />

producción se socializa progresivamente. Pero, ¿bajo qué forma se expresa el carácter social<br />

de la producción capitalista? Se expresa bajo la forma de la gran empresa, la firma<br />

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