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Libro_del_nuevo_conductor_profesional

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• Cuando haya sido rechazado en 4 oportunidades consecutivas en su revisión<br />

técnica, incluyéndose como causal, en la última ocasión, alguna de las siguientes:<br />

- Desperfectos <strong>del</strong> motor o sistema de transmisión.<br />

- Desperfectos <strong>del</strong> sistema de dirección.<br />

- Desperfectos <strong>del</strong> sistema de frenos.<br />

- Desperfectos <strong>del</strong> sistema de suspensión y de ruedas (llantas y neumáticos).<br />

Independiente de las sanciones que puedan aplicarse en materia de tránsito, los servicios<br />

de transporte privado de pasajeros a que se refiere el D.S. N° 80/2004, <strong>del</strong> Ministerio de<br />

Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes, pueden ser objeto de las<br />

siguientes sanciones:<br />

• Revocación de la autorización;<br />

• Suspensión;<br />

• Amonestación por escrito.<br />

Procede la revocación de la autorización en caso de incurrir en alguna de las siguientes<br />

situaciones:<br />

1. Enajenar en cualquier forma la autorización otorgada.<br />

2. No contar con póliza de seguro obligatorio.<br />

3. Haber obtenido la autorización mediante la presentación de documentación<br />

inexacta o incompleta.<br />

4. Por acumulación de 3 suspensiones en 1 año, o 5 en 2 años, contados desde la<br />

primera suspensión.<br />

5. Por realizar con un vehículo inscrito en el Registro Nacional de Transporte Escolar<br />

transporte privado remunerado fuera de los períodos de vacaciones escolares.<br />

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