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De la Economía Ambiental a la Economía Ecológica - Fuhem

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CIP-ECOSOCIALgentes. Estas últimas pueden ser: 1.º El propietario de los instrumentos duraderos deproducción, que el inversor arrienda; 2.º Las personas que no producen <strong>la</strong> misma mercancíaque el inversor; 3.º Las que producen <strong>la</strong> misma mercancía. Las divergencias que puedensurgir entre los valores de los productos netos social y privado, con respecto a esta últimac<strong>la</strong>se de personas, serán analizadas separadamente en el capítulo XI. En el presente nosocuparemos de <strong>la</strong>s otras dos.4. Estudiemos en primer lugar el tipo de conexiones que establecen un puente entrearrendatario y propietarios de ciertos instrumentos duraderos de producción. La extensión enque los actuales propietarios de dichos instrumentos permiten que el mantenimiento yejecución de mejorarlos corra a cargo de los arrendatarios temporales, varía, naturalmente,en <strong>la</strong>s distintas actividades y está determinada en gran parte por consideraciones de caráctertécnico. También depende en cierto modo de <strong>la</strong> tradición y costumbres vigentes, y puedevariar asimismo en los distintos puntos, de acuerdo con <strong>la</strong> riqueza de los propietarios y delos arrendatarios. Parece ser, por ejemplo, que en Ir<strong>la</strong>nda, debido a <strong>la</strong> escasez de medioseconómicos de muchos pequeños propietarios, los gastos que corren a cargo de losarrendatarios son más numerosos que en Ing<strong>la</strong>terra. 5 Los detalles difieren, por tanto, pero nocabe <strong>la</strong> menor duda de que <strong>la</strong> mayor parte de <strong>la</strong>s inversiones hechas para mejorar losinstrumentos duraderos de producción corren a cargo de personas que no son suspropietarios. Donde así ocurre, vemos surgir cierta divergencia entre los productos netossocial y privado, a causa de <strong>la</strong>s inversiones, y será mayor o menor, según sean los términosen que esté redactado el contrato de arrendamiento. Estudiemos, pues, los detalles de estascláusu<strong>la</strong>s.5. Dado el producto neto social que nos produce una cierta cantidad de inversión, elproducto neto privado será menor que el social, en una gran proporción, en todo sistema queúnicamente indique en los términos del contrato, que el arrendatario deberá entregar alpropietario los instrumentos en <strong>la</strong>s mismas condiciones en que éste se los cedió. Según esto,el producto neto privado de todo incremento r mo de inversión, disminuye con respecto alsocial, aproximadamente en el total a que se eleve el valor de <strong>la</strong>s mejoras que es precisointroducir en dichos instrumentos. No es menester que disminuya enteramente en proporcióncon aquel valor, porque un arrendatario cuidadoso, que cuide de no estropear losinstrumentos, obtendrá éstos más fácil y en mejores condiciones que otro que no lo sea. <strong>De</strong>forma que un arrendatario cuidadoso y diligente produce a <strong>la</strong> par dos elementos de productoneto, uno privado y otro social. Dado que los contratos se modifican con grandes intervalosde tiempo, todo esto no tiene interés para nosotros. Sin detenernos en ello, señalemos quedado que los efectos de <strong>la</strong>s inversiones aplicadas a mejorar y mantener los instrumentos,generalmente se desvanecen con el tiempo, <strong>la</strong> reducción del producto neto privado por bajodel social que acarrea lo anteriormente descrito, no debe ser muy grande en los primerosaños de concertado el arriendo. En los últimos años, o durante todo el período de un contratocorto, puede tener gran importancia. A menudo nos encontramos con que, al aproximarse eltérmino del mismo, un <strong>la</strong>brador, a fin de recuperar parte del capital invertido, intensifica <strong>la</strong>sganancias que obtiene de los cultivos, lo que origina que <strong>la</strong> tierra pierda parte de su fertilidadpara el futuro. 66. La forma de arrendamiento que acabamos de describir hal<strong>la</strong> una buena ilustraciónen aquel tipo primitivo de contrato en el que nada se indicaba acerca del estado de <strong>la</strong> tierra alfinalizar el mismo. Pero no sólo se reduce a este tipo contractual. Se presenta igualmente enel campo de <strong>la</strong>s «concesiones» de gas, alumbrado, etc. Un acuerdo que fije que <strong>la</strong>s5 BONN: Modern Ire<strong>la</strong>nd, p. 63.6 NICHOLSON: Principles of Economics, vol. I, p. 418.28

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