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De la Economía Ambiental a la Economía Ecológica - Fuhem

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CIP-ECOSOCIALedificación —por muy productores de molestias que hayan sido— con toda <strong>la</strong> periciarazonable y tomando todas <strong>la</strong>s precauciones razonables para no perturbar a nadie de <strong>la</strong>sproximidades, el demandante podría perder todos sus clientes del hotel porque éstos hanquedado desprovistos de <strong>la</strong>s amenidades de un lugar abierto tranquilo y despejado en <strong>la</strong> partetrasera, pero el hotel no tendría motivos para <strong>la</strong>mentarse… Pero (quienes) dicen que suinterferencia de <strong>la</strong> comodidad de sus vecinos está justificada porque sus operaciones sonnormales y usuales y se efectúan con el cuidado y <strong>la</strong> habilidad adecuados se encuentransometidos a <strong>la</strong> obligación concreta… de usar ese cuidado y esa pericia razonable yadecuada. No representa una actitud correcta decir: «Vamos a seguir haciendo lo que nosvenga en gana mientras nadie se queje.» Su obligación está en tomar <strong>la</strong>s precaucionespertinentes y procurar que <strong>la</strong>s molestias se reduzcan al mínimo. No representa una respuestadecir: ¡Pero esto representaría que tendríamos que desarrol<strong>la</strong>r los trabajos con mayor lentitudde <strong>la</strong> que quisiéramos, o eso implicaría que tendríamos que soportar gastos adicionales!Todas estas son cuestiones de sentido común y de grado, y con toda c<strong>la</strong>ridad sería pocorazonable esperar que <strong>la</strong>s personas vayan a realizar sus trabajos con tantos gastos o tantalentitud, con objeto de impedir una molestia pasajera, que el coste y los cuidados resultenprohibitivos… En este caso, <strong>la</strong> actitud de <strong>la</strong> compañía demandada parece haber sido <strong>la</strong> decontinuar actuando hasta que alguien protestase y, además, que su deseo de acelerar <strong>la</strong>sobras y efectuar<strong>la</strong>s según sus propias ideas y conveniencia imperaría si surgiese un conflictoreal entre dicho deseo y <strong>la</strong> comodidad del vecindario. Eso… no equivale a cumplir <strong>la</strong>obligación de aplicar el cuidado y <strong>la</strong> pericia razonables… La situación se reduce a losiguiente: el demandante ha sufrido una molestia susceptible de ser llevada ante losTribunales…; tienen derecho no a una cantidad simbólica, sino a una suma sustancial basadaen esos principios…, pero al determinar <strong>la</strong> cuantía… he prescindido de cualquier pérdida decliente<strong>la</strong>… que pudiera deberse a una pérdida general de amenidades a causa de lo queestaba sucediendo en <strong>la</strong> parte trasera del hotel…»El resultado fue que los perjuicios a que se condenó al demandado se redujeron de4.500 a 1.000 libras.Hasta aquí <strong>la</strong> discusión recogida en esta sección se ha ocupado de <strong>la</strong>s sentenciasjurisdiccionales en aplicación del <strong>De</strong>recho ordinario en material de molestias. Ladelimitación en derechos en este terreno también se produce a través de <strong>la</strong> aplicación dedisposiciones administrativas. La mayoría de los economistas parecen asumir que <strong>la</strong> meta de<strong>la</strong> intervención estatal en este terreno es ampliar el ámbito del <strong>De</strong>recho en materia demolestias, considerando molestias <strong>la</strong>s actividades que el <strong>De</strong>recho ordinario no consideraríaque lo son. Y no cabe duda de que algunas normas administrativas —como, por ejemplo, <strong>la</strong>sleyes en materia de salud pública— han tenido este efecto. Pero no todas <strong>la</strong>s disposicionesde <strong>la</strong> Administración son de esta c<strong>la</strong>se. El efecto de gran parte de <strong>la</strong> legis<strong>la</strong>ción en estamateria es proteger a <strong>la</strong>s empresas de <strong>la</strong>s rec<strong>la</strong>maciones de los que han quedado perjudicadospor sus acciones. Existe una extensa lista de molestias legalizadas.La situación ha sido resumida en <strong>la</strong>s «Leyes de Ing<strong>la</strong>terra» de Halsbury de <strong>la</strong> formasiguiente:«En los casos en los que el legis<strong>la</strong>dor decide que una cosa ha de hacerse en todo casoo autoriza ciertas obras en un determinado lugar con fines específicos, o atribuye poderescon <strong>la</strong> intención de que sean ejercitados —aun cuando dejando un margen discrecionalrespecto al modo de ejercicio— el <strong>De</strong>recho ordinario no permite <strong>la</strong> interposición dedemanda por <strong>la</strong>s molestias o los perjuicios que constituyen el resultado inevitable delejercicio de los poderes reg<strong>la</strong>mentarios de ese modo conferidos. Ello es así tanto si el tactoque ocasiona el perjuicio está autorizado con fines públicos o de provecho privado. Los60

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