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para sus propios hijos con amores compartidos

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Carlos Díaz Usandivaras<br />

aquel su mal cónyuge, sin que lo justifique ninguna destacable in<strong>con</strong>ducta<br />

de éste, como progenitor. Desde el enfoque estructural esto <strong>con</strong>stituye<br />

una coalición inter generacional o Triángulo Perverso en la denominación<br />

de Haley (1985). Dos miembros de distintos niveles jerárquicos coaligados<br />

<strong>para</strong> ir <strong>con</strong>tra un tercero, lo que resulta un fenómeno patógeno indiscutible<br />

en cualquier familia.<br />

Estamos ante el frecuente y creciente fenómeno de la Alienación<br />

Parental y ya nos enfrentamos <strong>con</strong> el nivel III de Malignidad. Aquí el daño<br />

está, además de los factores anteriores, en el intento de descalificación y<br />

destrucción de la representación interna del otro progenitor, que tiene el<br />

niño y de la obstrucción del vínculo real, lo que impide a aquel rectificar,<br />

por la verdadera relación, la demonización maliciosa de su imagen parental<br />

intrapsíquica distorsionada. Una imagen que es parte del patrimonio yoico<br />

del niño y no del alienado. Su ataque y descalificación dañan mucho más<br />

a él que a su representado. Esto se logra a través del proceso de lavado de<br />

cerebro y programación del niño usurpado y del impedimento de su <strong>con</strong>tacto<br />

<strong>con</strong> el progenitor alienado, lo que le hubiera permitidito rectificar la<br />

mistificación. Hoy es <strong>con</strong>siderado en la mayoría de los Códigos legales, que<br />

es un deber de los progenitores, ante el niño, respetarle el vínculo <strong>con</strong> el otro<br />

progenitor, más allá de las vicisitudes <strong>con</strong>yugales del divorcio. El daño en<br />

el proceso familiar se centra aquí en la <strong>con</strong>strucción de la identidad y <strong>sus</strong><br />

<strong>con</strong>secuencias sobre la autoestima del niño.<br />

61<br />

La Alienación Parental fue descrita en <strong>sus</strong> orígenes por Richard<br />

Gardner en 1985 cuando 9 de cada 10 progenitores alienados eran el progenitor<br />

varón, por un abuso del poder matriarcal, preferencia social todavía<br />

imperante entonces. Hoy esta proporción se ha igualado y en<strong>con</strong>tramos tantas<br />

madres como padres alienados. Debe quedar claro que en esta categoría<br />

no podemos incluir a progenitores cuya <strong>con</strong>ducta objetiva sea significativamente<br />

reprochable, siempre que no fuera como sobredimensión de humanas<br />

imperfecciones.<br />

Divorcio de Tipo E:<br />

Se “divorcian” los esposos y se “divorcian” los padres, pero además,<br />

uno de ellos, el que lo intentaba en el nivel D, logra “divorciar” a los<br />

<strong>hijos</strong> del otro progenitor, lavando vínculos, induciendo y programando en<br />

ellos su repudio e involucrándolos en el <strong>con</strong>flicto <strong>con</strong>yugal, al que son objetivamente<br />

ajenos, apelando a los recursos ya mencionados. En el relato

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