MEMORIA II CONGRESO
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“En conmemoración al centenario de las primeras Salas Constitucionales”
Esta Constitución Bolivariana fue sancionada el 6 de noviembre de
1826, y promulgada el 19 de noviembre del mismo año. El contenido
ideológico-político de dicha Constitución estuvo inspirado en el
liberalismo francés, y en cuanto a su contenido normativo, su autor
tuvo la habilidad de incorporar elementos recogidos del Derecho
Romano, expresado en la inclusión de la Cámara de los Censores,
y asimismo del Derecho Anglosajón, en lo que se refiere al sistema
parlamentario inglés, al establecer un Presidente vitalicio (una
especie de “Rey sin corona”), y un Vicepresidente que cumple las
funciones de jefe de gabinete con responsabilidad política ante el
Congreso, juntamente con los Ministros de Estado. También recoge
en parte los elementos del presidencialismo norteamericano. Es
una Constitución que condensa distintos modelos que se habían
establecido con el avance del Derecho, pero se basa principalmente
en una filosofía demoliberal.
Haciendo un breve resumen del contenido de la Constitución
Bolivariana 57 , se puede señalar que definió la estructura jurídicomáximo
interés, abrigando la esperanza de extender su imperio desde el Orinoco
a los Charcas”. Cfr. TRIGO, Ciro Félix. “Reseña Constitucional Boliviana”. Revista
de Derecho. Año II, Nº 2. La Paz, Bolivia: Editorial UMSA, Enero de 1950. Pág.
54. Ciertamente, la primera Constitución Boliviana fue elaborada por el Libertador
Simón Bolívar, modificada por el Mariscal Antonio José de Sucre y por la Asamblea
Constituyente de 1826. En este sentido, un trabajo de análisis sobre la obra de Sucre
en la Fundación de la República de Bolivia y su influencia en la primera Constitución,
incluyendo manuscritos y ediciones facsimilares de los documentos principales de
la Fundación de Bolivia y de la primera Constitución Bolivariana de 1826, pueden
verse en: ABECIA BALDIVIESO, Valentín. Sucre y la primera Constitución. La Paz,
Bolivia: Impresores Mundy Color, 1995. El texto del Mensaje del Libertador Simón
Bolívar al Congreso Constituyente de Bolivia con motivo de la presentación del
proyecto de Constitución, así como el contenido de la Constitución Bolivariana de
1826, pueden consultarse en: JORDAN DE ALBARRACIN, Betty. Documentos para
una Historia del Derecho Constitucional Boliviano. La Paz, Bolivia: Talleres Gráficos
San Antonio, 1978. Págs. 33-69. Asimismo, un resumen y análisis crítico sobre
la Constitución Bolivariana de 1826, puede encontrarse en: TRIGO, Ciro Félix.
Las Constituciones de Bolivia. Colección: Las Constituciones Hispanoamericanas,
editadas bajo la dirección de Manuel Fraga Iribarne. Madrid, España: Instituto de
Estudios Políticos, 1958. Págs. 67-82.
57 Los antecedentes históricos y el contexto político-social en que se produjo
la creación de Bolivia, a la luz de los acontecimientos y la correspondencia del
Libertador, así como algunas de las razones por las que Bolívar hizo que el Perú
adoptara la Constitución Boliviana de 1826, pueden encontrarse detallados en: DE
MEMORIA | II CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO PROCESAL CONSTITUCIONAL:
MIRADAS DIALÓGICAS, REFLEXIONES, RETOS Y DESAFÍOS DE LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
política del Estado, en los siguientes términos: forma de Estado,
unitario centralizado; forma de Gobierno, democrático-popular; y
en cuanto a la soberanía, definió que la misma emanaba del pueblo.
Sobre esa base, estableció que el poder público se ejercía a través
de cuatro poderes del Estado (desmarcándose así del esquema
clásico diseñado por Montesquieu). De ahí que, la “Constitución
Bolivariana”, conocida también como “Constitución Vitalicia”
(dado que establecía un Presidente y una Cámara de Censores,
ambos de duración vitalicia), preveía que el poder político del
Estado se ejercía a través del Poder Electoral, Poder Legislativo,
Poder Ejecutivo y Poder Judicial 58 .
En este contexto, cabe señalar que en la naciente República, se
estableció un sistema de control de constitucionalidad parecido
al modelo francés, encomendando dicha labor al propio Poder
Legislativo.
En efecto, la Constitución Bolivariana de 1826, en su artículo 51,
al señalar las atribuciones de la Cámara de Censores (que según
Bolívar era el Poder Moral del Estado), estableció textualmente lo
siguiente: “1º velar si el Gobierno cumple y hace cumplir la Constitución,
las leyes y los tratados públicos; 2º Acusar ante el Senado las infracciones
que el Ejecutivo haga de la Constitución, las leyes y los tratados públicos”,
lo que implica el ejercicio de un control político de constitucionalidad,
MADARIAGA, Salvador. Bolívar. Tomo II. Tercera edición. Buenos Aires, Argentina:
Editorial Sudamericana, 1959. Págs. 301-335. Por otro lado, un capítulo de análisis
del contexto histórico de surgimiento de la Constitución Boliviana de 1826, a la
luz de los mensajes y correspondencia del Libertador, puede verse en: LIEVANO
AGUIRRE, Indalecio. Bolívar. Ediciones de la Presidencia de la República – Academia
Nacional de la Historia. Caracas, Venezuela: Italgráfica S.R.L., 1988. Págs. 457-468.
Finalmente, los mensajes y correspondencia más importante del Libertador, pueden
consultarse en: BOLÍVAR, Simón. Escritos Políticos (precedido de “El espíritu de
Bolívar”, por Rufino Blanco Fombona). Segunda edición. México: Editorial Porrúa,
1999.
58 Una breve monografía de análisis acerca del proceso histórico del proyecto
constitucional del Libertador para la naciente República de Bolivia, así como
el proceso histórico de la Constitución bolivariana en Perú, pueden verse en el
interesante estudio de: MORÓN URBINA, Juan Carlos. Bolívar y su propuesta
constitucional de 1826. Revista Pensamiento Constitucional, Vol. 7, Núm. 7 (2000).
Disponible en: https://bit.ly/31DFBH2
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