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EL PRINCIPIO PRO PERSONA

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El principio pro personaAlgunos derechos protegidos en tratados internacionales se incorporaronprogresivamente en el ordenamiento constitucional, como da cuentael artículo cuarto constitucional que, entre otros, protege la igualdadentre los hombres y las mujeres, 477 los derechos de las y los niños y el principiode su interés superior, 478 el derecho a la salud, 479 el derecho a una viviendadigna y decorosa, 480 el derecho a un medio ambiente adecuado 481 ylos derechos culturales. 482Estos tratados internacionales de derechos humanos firmados y ratificadospor el Estado mexicano —desde entonces— formaron parte delsistema jurídico mexicano, como dispone el artículo 133 constitucional.Recordemos que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Naciónemitió una tesis aislada en 1992 en donde señaló que, conforme al artículo133 constitucional, tanto las leyes como los tratados internacionalesocupaban un rango inmediatamente inferior a la Constitución en la jerarquíade las normas en el orden jurídico mexicano. 483 En 1999 se consideró477 Reforma promulgada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1974.478 Reforma promulgada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 1980; 7 de abrilde 2000; 12 de octubre de 2011.479 Reforma promulgada en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1983.480 Reforma promulgada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de febrero de 1983.481 Reforma promulgada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 1999; 8 de febrerode 2012.482 Reforma promulgada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de abril de 2009. Con posterioridada la reforma integral en materia de derechos humanos de 2011 se incorporaron el derechoa la cultura física y a la práctica del deporte; el derecho a la alimentación y el derecho al agua.483 Rubro: LEYES FEDERALES Y TRATADOS INTERNACIONALES. TIENEN LA MISMA JE-RARQUÍA NORMATIVA. Tesis aislada, Octava Época, Pleno, Gaceta del Semanario Judicialde la Federación, No. 60, Diciembre de 1992, p. 27. En la Séptima Época el Tercer TribunalColegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito se había pronunciado en el mismosentido en la tesis aislado con el rubro: TRATADOS INTERNACIONALES Y LEYES D<strong>EL</strong>CONGRESO DE LA UNIÓN EMANADAS DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL. SU RANGOCONSTITUCIONAL ES DE IGUAL JERARQUÍA. Tesis aislada, Séptima época, Tribunal Colegiadode Circuito, Semanario Judicial de la Federación, Volumen 151-156, Sexta Parte, p. 196.139

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