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EL PRINCIPIO PRO PERSONA

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El principio pro personacomo lo hace el ciudadano que interpone un recurso de amparo constitucional.348 Invita a la “personalización” de la interpretación constitucional.349 Comparto esta noción de intérpretes. Cançado Trindade se refirió aeste tema como parte de una dimensión vertical de las obligaciones, queabarca a los individuos particulares. 350En el marco de los tratados de derechos humanos de Naciones Unidas,considero que destaca la importancia de este tipo de interpretación. Porejemplo, la CEDAW establece la labor educativa y cultural de los Estadospartes, en el que se establecen como estrategias de acción tomar las medidasapropiadas para modificar los patrones socioculturales de conductacon el fin de alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias,y de cualquier otra índole, que estén basados en la idea dela inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funcionesestereotipadas de hombres y mujeres. 351 Por su parte, la Convención sobrelos Derechos de las Personas con Discapacidad establece que los Estadospartes se comprometen entre otras medidas, a adoptar las que sean inmediatas,efectivas y pertinentes para sensibilizar a la sociedad, incluso a nivelfamiliar, para que tome mayor conciencia respecto de las personas condiscapacidad; fomentar el respeto de los derechos y la dignidad de estaspersonas, y también luchar contra los estereotipos, los prejuicios y lasprácticas nocivas respecto de las personas con discapacidad. 352La participación de la sociedad civil es una pieza toral para el avanceen la protección de los derechos humanos y grupos en situación de vulne-348 Ibid., p. 38.349 Ibid., p. 39.350 A. A. Cançado Trindade, Derecho internacional..., op. cit., nota 73, pp. 935 y 936.351 Art. 5 a) CEDAW. Vid. Carlos de la Torre Martínez, “El desarrollo del derecho a la no discriminaciónen el Sistema de Derechos Humanos de las Naciones Unidas”, en Carlos de la TorreMartínez, coord., Derecho a la no discriminación, p. 153.352 Art. 8 Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.99

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