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EL PRINCIPIO PRO PERSONA

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Mireya Castañedatencias emitidas por la Corte Interamericana —algunas de ellas en contradel Estado mexicano— ha sido una constante la referencia a la adecuacióndel derecho interno a los estándares interamericanos. 305En relación con el actuar legislativo se puede distinguir: 1) la obligaciónde adoptar medidas legislativas para el cumplimiento de las obligacionesconvencionales; 2) la supresión de normas que entrañen conculcacióna la Convención, y 3) la obligación de no adoptar medidas contrariasa la Convención. 306 En ese sentido, hay incumplimiento por parte del Estado:1) cuando existe omisión legislativa que dé cumplimiento a las obligacionesinternacionales; 307 2) mientras una norma inconvencional semantenga en el ordenamiento jurídico, 308 y 3) si se promulga de una leycontraria a la Convención que afecte derechos protegidos. 309305 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso Fernández Ortega y otros vs. México, ExcepciónPreliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 30 de agosto de 2010 Serie CNo. 215, párr. 233 a 240; Caso Rosendo Cantú y otra vs. México, Excepción Preliminar, Fondo,Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de agosto de 2010. Serie C No. 216, párr. 216 a 223;Caso Cabrera García y Montiel Flores vs. México, Excepción Preliminar, Fondo, Reparacionesy Costas. Sentencia de 26 de noviembre de 2010. Serie C No. 220, párr. 224 a 236; A. ChacónMata, “Breve reseña…”, op. cit., nota 47, p. 472; M. Becerra Ramírez, La recepción del DerechoInternacional en el Derecho Interno, op. cit., nota 75, p. 191.306 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Responsabilidad internacional por expedición yaplicación de leyes violatorias de la Convención (arts. 1 y 2 Convención Americana sobre DerechosHumanos), Opinión Consultiva OC 14/94 del 9 de diciembre de 1994, Serie A, no. 14,párrs. 32, 33 y 50.307 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Ciertas atribuciones de la Comisión Interamericanade Derechos Humanos (arts. 41, 42, 44, 46, 47, 50 y 51 de la Convención Americana sobreDerechos Humanos), Opinión Consultiva OC 13/93, del 16 de julio de 1993, Serie A, no. 13,párr. 26.308 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso La Cantuta vs. Perú, Fondo, Reparacionesy Costas. Sentencia del 29 de noviembre de 2006, Serie C, no. 162, párr. 172.309 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Responsabilidad internacional por expedición yaplicación de leyes violatorias de la Convención (arts. 1 y 2 Convención Americana sobre DerechosHumanos), Opinión Consultiva OC 14/94 del 9 de diciembre de 1994, Serie A, no. 14, párrs.33 y 50.90

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