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EL PRINCIPIO PRO PERSONA

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Mireya Castañedateria de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección,cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajolas condiciones que esta Constitución establece.Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidadcon esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia, favoreciendoen todo tiempo a las personas la protección más amplia, a cuyo efecto, sólo se deberánpreferir las normas internacionales cuando éstas contengan disposiciones más favorablesque las de la Constitución en esta materia. 670[…]Artículo 133. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en aquelloque la complementen, las disposiciones relativas a los derechos humanos contenidas enlos tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, son las normassupremas del orden jurídico mexicano. En general, los Tratados Internacionales se ubicanjerárquicamente debajo de esta Constitución, y por encima de las leyes generales,federales y locales. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyesy tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constitucioneso leyes de los Estados, de conformidad con las disposiciones previstas en estaConstitución y en las demás leyes aplicables. 671En la exposición de motivos de esta iniciativa de reforma se indicó quesu objetivo era determinar el rango normativo con claridad, porque al clarificarla jerarquía normativa se evitaría interpretaciones que pudieranconstituir obstáculos para el debido ejercicio de los mismos. Se indicó quede la lectura de los artículos 1 y 133 constitucional no se advertía la jerarquíanormativa de los tratados internacionales. 672Para finalizar el presente capítulo considero pertinente precisar que, enseguimiento a las ideas de Thomas Kuhn, 673 el surgimiento de tratados internacionalescuyo objeto y fin es la protección de derechos humanos puedeconsiderarse como una novedad fáctica, que junto con la protección cons-670 Modificaciones con énfasis.671 Modificaciones con énfasis.672 Ver la interpretación armónica sustentada por la Corte Constitucional de Colombia en la SentenciaC-177/01.673 T. Kuhn, La estructura…, op. cit. nota 22.188

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