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EL PRINCIPIO PRO PERSONA

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Mireya CastañedaEn el expediente Varios 912/2010, la Suprema Corte se refirió a la obligaciónque tienen todas las autoridades del país, en el ámbito de sus competencias,de aplicar las normas realizando la interpretación más favorablea la persona para lograr su protección más amplia, es decir, aplicar el principiopro persona sin tener la posibilidad de inaplicar o declarar la incompatividadde las normas. 682 Lo anterior, concuerda con el esquema propuestoen el capítulo segundo del presente escrito, en el sentido de que lasdiversas autoridades pueden aplicar el principio pro persona, particularmenteen su variante interpretativa, ello se considera que es fundamentalpara el fortalecimiento de la protección de derechos humanos en el ámbitointerno, en el marco de sus debidas competencias.Por otro lado, esta resolución abordó la aplicación del control de convencionalidadex officio en México; señaló que los jueces al interpretar derechoshumanos deben realizar los siguientes pasos:A) Interpretación conforme en sentido amplio. Ello significa que los jueces del país,al igual que todas las demás autoridades del Estado mexicano, deben interpretarel orden jurídico a la luz y conforme a los derechos humanos establecidos en laConstitución y en los tratados internacionales en los cuales el Estado mexicanosea parte, favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.B) Interpretación conforme en sentido estricto. Ello significa que cuando hay variasinterpretaciones jurídicamente válidas, los jueces deben, partiendo de la presunciónde constitucionalidad de las leyes, preferir aquélla que hace a la ley acorde alos derechos humanos establecidos en la Constitución y en los tratados internacionalesen los que el Estado mexicano sea parte, para evitar incidir o vulnerar elcontenido esencial de estos derechos.C) Inaplicación de la ley cuando las alternativas anteriores no son posibles. Ello noafecta o rompe con la lógica del principio de división de poderes y del federalismo,sino que fortalece el papel de los jueces al ser el último recurso para asegurar la primacíay aplicación efectiva de los derechos humanos establecidos en la Constitucióny en los tratados internacionales de los cuales el Estado mexicano es parte. 683682 Expediente Varios 912/2010, párr. 35.683 Cursivas añadidas.194

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