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EL PRINCIPIO PRO PERSONA

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Mireya Castañedasunt servanda, también consagrado en la Convención de Viena sobre elcumplimiento de los tratados por los Estados partes. 50Para algunos autores, como Fernández de Casadevante, los contornosdel principio de buena fe continúan siendo difusos, a pesar de que se haplasmado de forma reiterada en normas internacionales y en jurisprudenciainternacional; un acercamiento a su posible definición excluye al“fraude a la ley” y evoca ideas de sinceridad, corrección, rectitud, honestidad,fidelidad y lealtad a los compromisos adquiridos. 51 A mi juicio, esfundamental la aplicación del principio de buena fe en la interpretaciónde los tratados internacionales en el ámbito interno, en particular por partede los juzgadores nacionales, aunque tal vez sea el principio que se haenfrentado a las mayores resistencias, en particular, por los desapegos alas normas internacionales y el arraigo a las normas internas. En este sentido,se puede indicar también que en algunas ocasiones cuando se ha hechoreferencia interna a la aplicación de las normas generales de interpretaciónconsagradas en la Convención de Viena se ha llegado a omitirjustamente este principio. 52En relación con el segundo principio, relativo al sentido corriente delos términos del tratado, se puede presumir que la intención de las partesde un tratado aparece en el sentido ordinario de los términos usados,como lo señaló la Comisión de Derecho Internacional. 53 El Institut deDroit International también consideró como base de la interpretación “le sens50 Artículo 26. Pacta sunt servanda. “Todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplidopor ellas de buena fe”.51 C. Fernández de Casadevante, La interpretación…, op. cit., nota 47, pp. 46 y 49.52 Rubro: TRATADOS INTERNACIONALES. SU INTERPRETACIÓN POR ESTA SUPREMACORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN AL TENOR DE LO ESTABLECIDO EN LOS AR-TÍCULOS 31 Y 32 DE LA CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE <strong>EL</strong> DERECHO DE LOS TRA-TADOS (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN D<strong>EL</strong> 14 DE FEBRERO DE 1975). TesisAislada; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XVI, Diciembre de 2002; Pág. 292.53 United Nations, Draft Articles…, op. cit., nota 44, p. 221.26

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