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EL PRINCIPIO PRO PERSONA

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El principio pro personadefensa, como lo han sido las acciones colectivas o class action. 761 Ambosson temas en los que existe un campo de estudio en el que se debe profundizar;762 en esta ocasión, el propósito es introducirlos en la escena de la interpretaciónde los derechos humanos y favorecer su protección más amplia.En el terreno de los derechos humanos se han identificado los interesesdifusos particularmente relacionados con algunos derechos, entre losque se encuentran el derecho a un medio ambiente sano y los derechosculturales, 763 pero también hay que tener presente la interdependencia eindivisibilidad entre todos los derechos humanos. 764Algunos ordenamientos internos en distintos países han incorporadodefiniciones sobre intereses colectivos y difusos, 765 por lo que considero pertinenteacudir a ciertas de ellas. En México, Ovalle Favela es uno de losacadémicos que se ha dado a la tarea, a través de un estudio comparado,del examen de algunos medios de tutela de estos derechos e intereses colectivosy difusos. 766 Eduardo Ferrer Mac-Gregor es otro de ellos, 767 paraeste autor la problemática comienza con la propia terminología, misma que761 Vid. J. Ovalle Favela, “Acciones populares…”, op. cit., nota 737, pp. 587-615; A. A. CançadoTrindade, Derecho Internacional…, op. cit., nota 73, p. 931. Maite Aguirrezabal Grünstein, “Algunasprecisiones en torno a los intereses supraindividuales (Colectivos y difusos)”, RevistaChilena de Derecho, p. 73; Carlos María Pelayo Moller, Introducción al Sistema Interamericanode Derechos Humanos, p. 18; Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe núm.88/03, Inadmisibilidad, Parque Natural Metropolitano, Panamá, 22 de octubre 2003, párr. 34.762 M. Aguirrezabal Grünstein, “Algunas precisiones…”, op. cit., nota 761, p. 73.763 Vid. L. Cabrera Acevedo, “La protección de los intereses…”, op. cit., nota 732; J. Ovalle Favela,“Acciones populares…”, op. cit., nota 737; F. Tello Moreno, El derecho…, op. cit., nota 737.764 Art. 1, párrafo tercero de la Constitución Federal. Vid. L. D. Vázquez, y S. Serrano, “Los principiosde universalidad…”, op. cit., nota 294, p. 156.765 Vid. art. 88 de la Constitución y Ley 472 de Colombia.766 Vid. J. Ovalle Favela, “Acciones populares…”, op. cit., nota 737.767 E. Ferrer Mac-Gregor, Juicio de amparo…, op. cit., nota 732; También lo hizo M. P. HernándezMartínez, Mecanismos de tutela…, op. cit., nota 732.215

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