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EL PRINCIPIO PRO PERSONA

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El principio pro personación de los tratados internacionales, recordemos que, en particular, la Secretaríade Relaciones Exteriores representa al Estado Mexicano en loslitigios internacionales en donde se realiza una interpretación oficial, porejemplo, de la Convención Americana.En los términos antes enunciados ¿Cómo se deben interpretar los tratadosinternacionales?, como se ha indicado en las páginas anteriores acudiendoa las reglas generales de interpretación de la Convención de Vienasobre Derecho de los Tratados, como son 1) la buena fe; 2) el sentido corrienteque deba atribuirse a los términos; 3) el contexto, y 4) el objeto yfin del tratado; 280 así como a las disposiciones específicas que disponga elpropio tratado, pero además, como se precisará más adelante en el casomexicano y lo ha indicado la Corte Internacional de Justicia, 281 en el marco delconjunto del sistema jurídico en vigor.En esta línea la Corte Interamericana de Derechos Humanos en algunosde sus fallos más recientes ha indicado que las interpretaciones administrativasdeben adecuarse a los principios establecidos en su jurisprudencia,282 lo que se puede identificar con el contexto de los tratados.280 Rubro: TRATADOS INTERNACIONALES. SU INTERPRETACIÓN POR ESTA SUPREMACORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN AL TENOR DE LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCU-LOS 31 Y 32 DE LA CONVENCIÓN DE VIENA SOBRE <strong>EL</strong> DERECHO DE LOS TRATA-DOS (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN D<strong>EL</strong> 14 DE FEBRERO DE 1975), Tesis aislada,9ª Época, 2da Sala, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, tomo XVI, Diciembre de2002, p. 292.281 International Court of Justice, Advisory Opinion, Legal Consequences for States of the continuedpresence of South Africa in Namibia (South West Africa) Notwithstanding Security CouncilResolution 276 (1970), 1971, p. 31.282 Vid. Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso López Mendoza vs. Venezuela, Fondo,Reparaciones y Costas. Sentencia del 1 de septiembre de 2011, Serie C, no. 233, párr. 228; CorteInteramericana de Derechos Humanos, Caso Atala Riffo y niñas vs. Chile, Fondo, Reparacionesy Costas. Sentencia del 24 de febrero de 2012, Serie C, No. 239, párr. 284; Corte Interamericanade Derechos Humanos, Furlan y familiares vs. Argentina, Excepciones Preliminares,Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 31 de agosto de 2012, Serie C, No. 246, párr. 305.83

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