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EL PRINCIPIO PRO PERSONA

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Mireya Castañedaen la aplicación de las normas generales de interpretación de tratados, conformea la Convención de Viena, se puede identificar en sus vertientes depreferencia interpretativa ceñida al objeto y fin de los tratados interamericanosy en la preferencia de normas, dispuesta en algunos de los mismos.Como una experiencia destacable de los órganos interamericanos enla aplicación del principio pro homine, más allá de la mención expresa ono que se haga de él, se puede observar que como garantes de los derechoshumanos han incorporado la interpretación y la aplicación de lasnormas más favorable a su actuar de forma constante y natural, ceñida ala protección misma de estos derechos; lo anterior, puede servir de guía yser un gran reto en la aplicación de este principio en el ámbito interno delos Estados. Asimismo, se puede recordar la importancia de la interpretaciónrealizada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en elámbito interno de los Estados.2. La aplicación del principio pro persona por los órganoscreados en virtud de los tratados universales dederechos humanos de Naciones Unidas o treaty bodiesEl principio pro persona, objeto de nuestro estudio, ha sido aplicado tambiénpor los órganos creados en virtud de los tratados universales de derechoshumanos de Naciones Unidas o treaty bodies, quienes vigilan la observanciade los tratados que les dan vida. 173 Me referiré brevemente aellos, con el propósito de contextualizar su labor en el tema que nos ocupa.173 Vid. United Nations, Strengthening the United Nations..., op. cit., nota 105; Oficina del AltoComisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, El Sistema de Tratados de DerechosHumanos de las Naciones Unidas. Introducción a los tratados fundamentales de derechoshumanos y a los órganos creados en virtud de tratados. Folleto informativo número 30; JorgeUlises Carmona Tinoco, “El significado de la aceptación de la competencia de los Comités deNaciones Unidas, facultados para decidir peticiones individuales en materia de derechos humanosy su previsible impacto en la impartición de justicia en México”, Reforma Judicial. RevistaMexicana de Justicia; J. Carpizo, “La Constitución mexicana...”, op. cit., nota 8, pp. 856.54

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