17.08.2015 Views

EL PRINCIPIO PRO PERSONA

1TDmxM6

1TDmxM6

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

El principio pro personano preferencias se le incorporó sexuales. El texto vigente dispone en el artículoprimero, párrafo quinto:Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género,la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión,las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra queatente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechosy libertades de las personas.Lo que la doctrina latinoamericana ha nombrado como categoríasprohibidas o sospechosas, opto por el primer término, se han caracterizadopor ser grupos que han sido excluidos sistemáticamente de ciertos ámbitos.817 La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, tambiéndefine a la discriminación en su artículo 1, fracción III, 818 además de lascategorías contempladas en la Constitución federal, incluye el color depiel, la cultura, el sexo, la condición económica o jurídica, la apariencia física,las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, lalengua, la identidad o filiación política, la situación familiar, las responsabilidadesfamiliares, el idioma y los antecedentes penales.817 Vid. M. González le Saux, y Ó. Parra Vera, “Concepciones…”, op. cit., nota 802, p. 131. RobertoSaba, “Igualdad, clases y clasificaciones: ¿Qué es lo sospechoso de las categorías sospechosas?”,en Roberto Gargarella, coord., Teoría y crítica del derecho constitucional, t II.818 Texto reformado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de2014. Discriminación: Para los efectos de esta ley se entenderá por discriminación toda distinción,exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sinella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir,impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanosy libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico onacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condiciónsocial, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas,la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, laidentidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares,el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo.227

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!